Sentencia N° 533 — Sala Constitucional del TSJ, 31 de octubre de 2024

TSJ/SC, Sent. N° 0533, Exp. 21-0406, 31/10/2024
Expediente21-0406
PonenteLourdes Benicia Suárez Anderson
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2024-10-31
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre el recurso de apelación interpuesto por Jesús Ezequiel Rodríguez Cedeño, en representación de Ana Francisca Contreras de Casal, contra la decisión de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Amazonas que declaró inadmisible la acción de amparo. La Sala confirmó la inadmisibilidad, argumentando que existían medios judiciales ordinarios para hacer valer los derechos de la accionante, como el recurso de apelación, y que no se había demostrado la urgencia que justificara el uso del amparo constitucional.

Extracto de la motiva

CONSIDERACIONES PARA DECIDIR DE LA ADMISIBILIDAD Se observa en el presente caso, una [a]cción de amparo interpuesta por el abogado JESÚS EZEQUIEL RODRÍGUEZ CEDEÑO, titular de cédula de identidad N° 16.767.121, inscrito en el IPSA bajo el N° 183.630, en representación de la ciudadana ANA CONTRERAS víctima en el asunto principal 1M-000205-2019, que cursa por ante el Tribunal Penal Municipal en Funciones de Control con competencia Plena en Materia de Violencia de Género del Circuito Judicial Penal Fronterizo del estado Amazonas. IAJuriss.com | Base de Datos Jurídica de Venezuela | Página 9 de 21 Se deriva del análisis de la Acción de Amparo, que la misma está dirigida en contra del Tribunal Penal Municipal en Funciones de Control con competencia Plena en Materia de Violencia de Género del Circuito Judicial Penal Fro

Dispositiva

1.- COMPETENTE para conocer el recurso de apelación ejercido el 20 de noviembre de 2020, por el abogado Jesús Ezequiel Rodríguez Cedeño, actuando en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana ANA FRANCISCA CONTRERAS DE CASAL, contra la decisión dictada el 12 de noviembre de 2020, por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Amazonas, en la causa penal identificada con el alfanumérico XP01-O-2020-000009, en la que declaró inadmisible, conforme lo previsto en el cardinal 5 del artículo 6 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, la acción de amparo interpuesta contra el Tribunal Penal Municipal en Funciones de Control con Competencia Plena en materia de Violencia de Género del Circuito Judicial Penal Fronterizo del estado Amazonas, con sede en Puerto Ayacucho. 2.- SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido. 3.- Se CONFIRMA la decisión dictada el 12 de noviembre de 2020, por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Amazonas.

Palabras clave

amparoinadmisibilidadderechos constitucionalesvías ordinariasrecurso de apelacióntutela judicial

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