Sentencia N° 532 — Sala Constitucional del TSJ, 29 de mayo de 2014
TSJ/SC, Sent. N° 532, Exp. 09-1381, 29/05/2014
Expediente09-1381
PonenteLUISA ESTELLA MORALES LAMUÑO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2014-05-29
DecisiónTerminado el procedimiento por abandono del trámite
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara terminado el procedimiento por abandono del trámite en la acción de amparo constitucional interpuesta por Piero Pablo Rella Ríos. Se impone una multa de cinco bolívares a la parte actora, que deberá ser pagada a favor del Fisco Nacional. La decisión se fundamenta en la falta de actuación del demandante durante más de seis meses, lo que se considera abandono del trámite.
Extracto de la motiva
En virtud de las consideraciones precedentes, resulta forzoso para esta Sala declarar el abandono del trámite correspondiente a la presente acción de amparo por parte de la accionante, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales y, en consecuencia, terminado el procedimiento. Así se decide.
Dispositiva
Por las razones expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara TERMINADO EL PROCEDIMIENTO por abandono del trámite en la acción de amparo constitucional ejercida por el ciudadano PIERO PABLO RELLA RÍOS, asistido por la abogada Marisela Castro Gilly, en su carácter de Defensora Pública, ya identificados. Se impone a la parte actora una multa por la cantidad de CINCO BOLÍVARES CON CERO CÉNTIMOS (Bs. 5,00), pagaderos a favor del Fisco Nacional, en cualquier institución financiera receptora de fondos públicos. En tal sentido, la parte sancionada deberá acreditar el pago mediante la consignación en autos del comprobante correspondiente, ante esta Sala, dentro de los cinco (5) días siguientes a su notificación. Así se declara.