Sentencia N° 532 — Sala Constitucional del TSJ, 12 de mayo de 2009
TSJ/SC, Sent. N° 532, Exp. 08-0287, 12/05/2009
Expediente08-0287
PonenteArcadio Delgado Rosales
MateriaConstitucional
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2009-05-12
DecisiónNO ADMITE
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión N° 635, no admite al Observatorio Venezolano de Prisiones como coadyuvante en el recurso de nulidad por razones de inconstitucionalidad contra varios artículos del Código Penal. La Sala argumenta que la intervención de terceros es incompatible con la condición de parte actora en el mismo proceso. Además, se acumula el expediente No. 08-0287 al No. 05-1375, dado que ambos casos comparten pretensiones similares de nulidad por inconstitucionalidad.
Extracto de la motiva
La figura de la acumulación procesal consiste en la unificación, dentro de un mismo expediente, de causas que revisten algún tipo de conexión para que, mediante una sola sentencia, aquellas sean decididas y, con ello, se eviten fallos que pudieran resultar contradictorios sobre un mismo asunto, lo cual además opera en resguardo de los principios de celeridad y economía procesal. Al respecto esta Sala ha establecido que, en los juicios de nulidad contra actos normativos, para que proceda la acumulación procesal es menester la existencia de dos o más procesos y que, entre éstos, exista alguna conexión o continencia. Igualmente, resulta necesario que no se configure ninguno de los presupuestos establecidos en el artículo 81 del Código de Procedimiento Civil -aplicable por remisión expresa del artículo 19, párrafo 1 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia- los cuales prohíben la acumulación de autos o de procesos, en los siguientes casos: 1) cuando éstos no estuvieren en una misma instancia; 2) cuando se trate de procesos que cursen en tribunales distintos; 3) cuando se trate de asuntos que tengan procedimientos incompatibles; 4) cuando en uno de los procesos que deban acumularse estuviere vencido el lapso de promoción de pruebas y 5) cuando no estuvieren citadas las partes para la contestación de la demanda en ambos procesos (vid. Sentencia de la Sala N° 3311 del 1 de noviembre de 2005, caso: “FEDEAGRO”).
Dispositiva
NO ADMITE al Observatorio Venezolano de Prisiones como coadyuvante del recurso de nulidad ejercido por razones de inconstitucionalidad contra los “…parágrafos únicos de los artículos 374, 375, 406, 456, 457, 458, 459, parágrafo cuarto del artículo 460, 470 parte in fine, todos del Código Penal Venezolano, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, N° 5.768 Extraordinario, de fecha 13 de abril de 2005, así como el último aparte de los artículos 31 y 32 de la Ley Orgánica contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas…”. ACUMULA el presente expediente No. 08-0287 al No. 05-1375.