Sentencia N° 531 — Sala Constitucional del TSJ, 31 de octubre de 2024

TSJ/SC, Sent. N° 0531, Exp. 24-0103, 31/10/2024
Expediente24-0103
PonenteTANIA D´AMELIO CARDIET
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2024-10-31
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia recibió un expediente de amparo constitucional interpuesto por Nairelys Carolina Coello Pereira, en representación de sus hijos, contra las actuaciones del Fiscal Primero del Ministerio Público de Miranda. La Sala se declaró competente para conocer del conflicto negativo de competencia planteado entre dos tribunales que se habían declarado incompetentes para conocer la acción de amparo. La decisión se fundamenta en la falta de un tribunal superior común entre ambos.

Extracto de la motiva

De acuerdo a lo anterior, esta Sala Constitucional a los fines de determinar la competencia por la materia del Tribunal que deberá conocer y decidir la acción de amparo constitucional, considera necesario ORDENAR a la Secretaría de esta Sala Constitucional que OFICIE a la Fiscalía Primera del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Los Teques y competencia Plena, para que informe el origen de su actuación y detallar la materia sobre la cual ejerce su competencia el ciudadano César Enrique Fernández Castro, Fiscal Auxiliar Interino en la Fiscalía Primera del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Los Teques y competencia Plena, quien presuntamente ordenó a la ciudadana Nairelys Carolina Coello Pereira y sus dos (2) hijos de 3 y 5 años de edad (se omite su identificación de acuerdo al artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), abandonar el inmueble ubicado en el Municipio Guaicaipuro del Estado Bolivariano de Miranda, en el cual residían la prenombrada ciudadana y sus hijos, y si la misma obedece a una investigación penal o de cualquier otra naturaleza, para lo cual deberá remitir la documentación necesaria que sustente la información que será enviada a esta Sala.

Dispositiva

Se ordena a la Secretaría de esta Sala Constitucional que oficie a la Fiscalía Primera del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda para que informe el origen de su actuación y detalle la materia sobre la cual ejerce su competencia.

Palabras clave

amparo constitucionalconflicto de competenciaFiscalía

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca