Sentencia N° 531 — Sala Constitucional del TSJ, 12 de mayo de 2009
TSJ/SC, Sent. N° 531, Exp. 08-0415, 12/05/2009
Expediente08-0415
PonenteArcadio Delgado Rosales
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo
Fecha de la decisión2009-05-12
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declaró inadmisible la acción de amparo interpuesta por el abogado José Vicente Quintana R. en representación del ciudadano Danny Ramírez, contra la decisión del Juzgado Undécimo de Primera Instancia en Funciones de Control. La Sala argumentó que el accionante no agotó las vías ordinarias de impugnación, lo que constituye una causal de inadmisibilidad según la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales. La decisión se fundamentó en la falta de representación adecuada del demandante y en la existencia de recursos judiciales disponibles que no fueron utilizados.
Extracto de la motiva
La presente acción de amparo constitucional fue interpuesta contra la decisión del 5 de marzo de 2008 dictada por el Juzgado Undécimo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, que declaró medida de privación judicial preventiva de libertad en contra del ciudadano Danny Ramírez, con el objeto de restablecer la situación jurídica infringida producto de la aprehensión ilegítima de dicho ciudadano, por parte de funcionarios adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas y por haber el Ministerio Público incluido delitos respecto de los cuales no se realizó la instructiva de cargos. Por su parte, el fallo apelado, dictado por la Sala N° 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, declaró inadmisible la acción de amparo intentada, por no haber incoado el accionante la vía ordinaria de impugnación de conformidad con el cardinal 5 del artículo 6 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.
Dispositiva
Por las razones precedentemente expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara: 1. INADMISIBLE la apelación incoada por el abogado José Vicente Quintana, actuando en su presunto carácter de defensor del ciudadano DANNY RAMÍREZ contra la decisión del 31 de marzo del 2008 dictada por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial penal del Área Metropolitana de Caracas en la cual declaró inadmisible, de conformidad con el artículo 6 cardinal 5 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, la acción de amparo interpuesta contra la decisión dictada el 5 de marzo de 2008 por el Juzgado Undécimo de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en consecuencia, se declara definitivamente firme la sentencia apelada.
Palabras clave
amparo constitucionalderecho a la defensainadmisibilidadprivación de libertaddebido procesorepresentación legalCuerpo de Investigaciones Científicas