Sentencia N° 530 — Sala Constitucional del TSJ, 8 de mayo de 2015
TSJ/SC, Sent. N° 530, Exp. 15-0158, 08/05/2015
Expediente15-0158
PonenteFRANCISCO ANTONIO CARRASQUERO LÓPEZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2015-05-08
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre el recurso de apelación interpuesto por Isidro Eloy Henríquez Hernández, contra la decisión del Juzgado Superior Primero Accidental en lo Civil, que declaró el abandono del trámite en la acción de amparo constitucional. La Sala confirmó la decisión apelada, argumentando que la parte actora no dio impulso procesal durante más de seis meses, lo que configuró el abandono del trámite según lo establecido en la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales. Se impuso una multa a la parte accionante por el abandono del procedimiento.
Extracto de la motiva
La inactividad por seis (6) meses de la parte actora en el proceso de amparo, en la etapa de admisión o, una vez acordada ésta, en la práctica de las notificaciones a que hubiere lugar o en la de la fijación de la oportunidad para la celebración de la audiencia oral, por falta de impulso del accionante, ocasiona el abandono del trámite de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, y con ello, la extinción de la instancia. Así se declara.
Dispositiva
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación propuesto el 14 de enero de 2015, por la parte hoy solicitante contra la decisión dictada, el 19 de noviembre de 2014, por el Juzgado Superior Primero Accidental en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida. SEGUNDO: Se CONFIRMA la decisión apelada, la cual declaró el abandono del trámite y terminado el procedimiento en la pretensión constitucional en estudio.
Palabras clave
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