Sentencia N° 528 — Sala Constitucional del TSJ, 31 de octubre de 2024
TSJ/SC, Sent. N° 0528, Exp. 21-0097, 31/10/2024
Expediente21-0097
PonenteTANIA D´AMELIO CARDIET
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2024-10-31
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un recurso de apelación interpuesto por Lenys Tibisay Cotiz Flores, quien actuó en nombre de su hijo Ulisis Daniel Velásquez Cotiz. La apelación fue contra una decisión de la Sala N° 2 de la Corte de Apelaciones que declaró inadmisible la acción de amparo constitucional por omisión de pronunciamiento del Tribunal Vigésimo Primero. La Sala Constitucional declaró inadmisible el recurso por extemporáneo, ya que fue presentado fuera del lapso legal establecido.
Extracto de la motiva
Así las cosas, debe esta Sala reiterar que, de conformidad con la interpretación que se le ha dado al texto del artículo 35 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales (sentencias 501/2000, del 31 de mayo; y 3.027/2005, del 14 de octubre), el lapso para recurrir de la decisión dictada por la primera instancia en el proceso de amparo, es de tres (3) días contados a partir de la fecha de publicación del fallo (sentencia N° 11/2004, del 14 de enero), los cuales, a su vez, deben ser computados por días calendarios consecutivos, excepto los sábados, los domingos, el jueves y el viernes santos, los declarados días de fiesta por la Ley de Fiestas Nacionales y los declarados no laborables por otras leyes, ello a los fines de salvaguardar el derecho a la defensa, el cual también tiene una dilatada vigencia en el marco del proceso de amparo.
Dispositiva
Se declara COMPETENTE para conocer del recurso de apelación ejercido por la ciudadana Lenys Tibisay Cotiz Flores. Se declara INADMISIBLE POR EXTEMPORÁNEO el recurso de apelación interpuesto por la ciudadana Lenys Tibisay Cotiz Flores, contra la decisión dictada el 8 de febrero de 2021, por la Sala N° 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas.