Sentencia N° 528 — Sala Constitucional del TSJ, 12 de mayo de 2009

TSJ/SC, Sent. N° 528, Exp. 08-1073, 12/05/2009
Expediente08-1073
PonenteArcadio Delgado Rosales
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2009-05-12
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia admitió el amparo constitucional interpuesto por Ángel Rafael Centeno Guzmán contra la decisión de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, que anuló una sentencia de culpabilidad dictada en primera instancia. La Corte de Apelaciones había argumentado falta de motivación en la decisión del Juzgado Segundo de Primera Instancia, lo que llevó a la anulación del juicio. Sin embargo, la Sala Constitucional determinó que la decisión del Juzgado sí contenía la motivación adecuada y que la anulación por parte de la Corte de Apelaciones era infundada.

Extracto de la motiva

La motivación de una sentencia alude de manera específica a la explicación por parte del juzgador de la razón jurídica conforme a la cual acogió su decisión, mediante el análisis detallado y la relación de las pruebas debatidas en la oportunidad del juicio oral, de acuerdo al método de la sana crítica, con la determinación precisa de los hechos que se dan por probados así como el derecho aplicable. En efecto, si bien en el proceso penal rige el sistema de la sana crítica previsto en el artículo 22 del Código Orgánico Procesal Penal, ello no exime al juzgador de explicar las razones o motivos que lo llevan a dictar su decisión, ya sea de condena o absolutoria, con base en los elementos probatorios que se obtengan del proceso. Al respecto, resulta claro el citado artículo 22 del Código adjetivo penal, al establecer que “[l]as pruebas se apreciarán por el tribunal según la sana crítica observando las reglas de la lógica, los conocimientos científicos y las máximas de experiencia”, siendo el sistema acogido en el proceso penal el de la libre convicción razonada.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, declara CON LUGAR el amparo constitucional interpuesto por el ciudadano ÁNGEL RAFAEL CENTENO GUZMÁN, contra la decisión dictada el 15 de julio de 2008, por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas. En consecuencia, se ANULA la referida decisión, objeto de amparo, y se ORDENA a una nueva Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas que dicte nueva sentencia con estricta sujeción a las consideraciones expuestas en la presente decisión.

Palabras clave

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