Sentencia N° 526 — Sala Constitucional del TSJ, 11 de agosto de 2022

TSJ/SC, Sent. N° 0526, Exp. 21-0523, 11/08/2022
Expediente21-0523
PonenteCALIXTO ORTEGA RÍOS
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2022-08-11
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la acción de amparo constitucional interpuesta por Norisol Moreno Romero en representación de Arlene Mary Zambrano Martínez. La acción fue presentada contra sentencias de la Corte de Apelaciones y del Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio, que declararon inadmisibles recursos relacionados con la omisión de pronunciamiento de la Fiscalía Segunda del Ministerio Público. La Sala determinó su competencia para conocer del caso, pero concluyó que la falta de documentación necesaria por parte de la accionante llevó a la inadmisibilidad de la acción.

Extracto de la motiva

motivación (…) al no existir relación explicativa y detallada del hecho generado con el derecho consagrado, además de la confusión evidente que a lo largo de el Auto (…)[que] genera la Corte de Apelaciones al señalar en algunos apartes que no es un Recurso de Apelación sino una Acción de Amparo Constitucional sobre una Decisión del Tribunal de primera instancia antes señalado, genera una subversión del orden procesal e indefectiblemente a transgredir el Debido Proceso, viciando de nulidad el acto realizado y la decisión que de él emanó, lo que concluye en la inminente violación del derecho a la Propiedad de [su] Poderdante, al no poder hacer uso de la vía judicial que le restituyan la situación jurídica infringida denunciada en la Acción de Amparo Constitucional Primigenio”. Ahora bien, de la revisión de las actas procesales que conforman el expediente, esta Sala constata que en el caso de autos, la parte accionante no acompañó con el escrito de amparo, copia certificada de las sentencias cuestionadas ni ningún documento, ni en copia simple que fundamente las denuncias que alega en su libelo contra el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, la Corte de Apelaciones de ese mismo Circu

Dispositiva

PRIMERO: COMPETENTE para conocer de la presente acción de amparo. SEGUNDO: INADMISIBLE la acción de Amparo constitucional ejercida por la abogada Norisol Moreno Romero, actuando en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana Arlene Mary Zambrano Martínez, antes identificada, contra las siguientes sentencias: i) la dictada el 3 de marzo de 2021, por el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio de ese Circuito Judicial Penal, en el asunto signado bajo el alfanumérico YP01-O-2021-000001, que declaró inadmisible la acción de amparo constitucional ejercida contra la Fiscalía Segunda del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, por la -presunta- omisión de emitir pronunciamiento en cuanto a la denuncia presentada por la parte accionante y; ii) la dictada el 16 de marzo de 2021, por la mencionada Corte de Apelaciones, en el asunto signado con la nomenclatura YP01-R-2021-000027, que declaró inadmisible el recurso de apelación interpuesto por la parte accionante contra la sentencia antes mencionada y; iii) contra la Fiscalía Segunda del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro.

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