Sentencia N° 525 — Sala Constitucional del TSJ, 8 de mayo de 2013
TSJ/SC, Sent. N° 525, Exp. 12-1258, 08/05/2013
Expediente12-1258
PonenteArcadio Delgado Rosales
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2013-05-08
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara sin lugar la apelación interpuesta por Franzo Alexander Ramos contra la decisión de la Corte de Apelaciones que declaró inadmisible su acción de amparo. La Corte de Apelaciones fundamentó su decisión en la falta de presentación de copias de los actos procesales que causaron agravio al accionante. La Sala Constitucional confirma la inadmisibilidad, reiterando que es obligación del accionante presentar los documentos necesarios para sustentar su pretensión.
Extracto de la motiva
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara: 1.- SIN LUGAR la apelación interpuesta el 11 de septiembre de 2012, por los abogados Diomedes Alejandro Potentini P. y Martina Barreses Brito, contra la decisión dictada el 3 de septiembre de 2012 por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta. 2.- CONFIRMA la referida decisión que declaró inadmisible la acción de amparo ejercida por el ciudadano FRANZO ALEXANDER RAMOS, representado por sus defensores privados, abogados Diomedes Alejandro Potentini P. y Martina Barreses Brito, contra la decisión dictada el 17 de agosto de 2012 por el Tribunal Cuarto de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta.
Dispositiva
Por las razones expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara: 1.- SIN LUGAR la apelación interpuesta el 11 de septiembre de 2012, por los abogados Diomedes Alejandro Potentini P. y Martina Barreses Brito, contra la decisión dictada el 3 de septiembre de 2012 por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta. 2.- CONFIRMA la referida decisión que declaró inadmisible la acción de amparo ejercida por el ciudadano FRANZO ALEXANDER RAMOS, representado por sus defensores privados, abogados Diomedes Alejandro Potentini P. y Martina Barreses Brito, contra la decisión dictada el 17 de agosto de 2012 por el Tribunal Cuarto de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta.