Sentencia N° 523 — Sala Constitucional del TSJ, 10 de abril de 2025

TSJ/SC, Sent. N° 0523, Exp. 20-0403, 10/04/2025
Expediente20-0403
PonenteMICHEL ADRIANA VELÁSQUEZ GRILLET
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAvocamiento
Fecha de la decisión2025-04-10
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la solicitud de avocamiento presentada por Franco Agostinelli, quien actuó en nombre propio y sin asistencia técnica. La decisión se basa en la falta de corrección de las deficiencias en su escrito de solicitud, lo que imposibilita a la Sala formarse una opinión clara sobre el caso. La solicitud se refería a una causa penal identificada con el alfanumérico 37°C S-610-11, llevada ante el Tribunal Trigésimo Séptimo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas.

Extracto de la motiva

Que “(…) en relación a mis Denuncias, la causa se encuentra en el Tribunal 37 de Control: EXPDT. 37°C S-610-11 y Confío se Pueda Aplicar, el Avocamiento aún tras MÍ Amparo: Porque NO se me Brinda la Garantía de MÍS DDHH, POR Carecer de Recursos… Busco así, Materializar el Estado de Justicia (…) estamos en Democracia, donde son DDHH Incondicionales/Inexcusables: La Ejecutoria de Amparo, Impartición de justicia, Salud, BPM (…) Asimismo, el cumplimiento de las sentencias de Amparo que Otorgan una Protección Constitucional a los Particulares se Considera una cuestión de Orden Público que debe ser Acreditado ante el órgano jurisdiccional respectivo a partir de los Elementos que Obren en el Expediente y los Aportados por Autoridades Responsables (…) la Tutela Judicial Efectiva, tradicionalmente se ha conocido como el derecho de Acceso a la Justicia y Debido Proceso legal, que comprenden los Derechos Fundamentales previstos en los Artículos 812 y 1013 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos; 814 y 2515 de la Convención Americana sobre los Derechos Humanos; Entonce A casi 12 Años de Dantesco proceso Penal, ante MÍS Denuncias y las Consideraciones de la SC-TSJ, Atinentes a Preservar el Orden Público, DDHH… Incluso Independencia del Poder Judicial: Recurro a las Amplias Potestades de la SC para Preservar la CRBV.

Dispositiva

Se declara INADMISIBLE la solicitud de avocamiento de la causa penal identificada con el alfanumérico 37°C S-610-11, presentada por el ciudadano FRANCO AGOSTINELLI.

Palabras clave

avocamientoderechos humanosjusticiatutela judicialorden públicoproceso penal

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