Sentencia N° 516 — Sala Constitucional del TSJ, 12 de abril de 2011
TSJ/SC, Sent. N° 516, Exp. 10-0690, 12/04/2011
Expediente10-0690
PonenteArcadio Delgado Rosales
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2011-04-12
DecisiónNO HA LUGAR
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia revisó la solicitud de revisión de la sentencia dictada el 28 de noviembre de 2007 por la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo, que declaró sin lugar el recurso de apelación interpuesto por el abogado José Raúl Villamizar en representación de Wilmer Enrique Arias Albornoz. La Corte Segunda había confirmado la destitución de Arias por haber revelado información confidencial en el ejercicio de sus funciones como funcionario tributario, lo que fue considerado una falta grave según la Ley de Carrera Administrativa.
Extracto de la motiva
La presente solicitud de revisión tiene como objeto la sentencia dictada el 28 de noviembre de 2007 por la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo, que declaró sin lugar el recurso de apelación interpuesto por el apoderado judicial del solicitante de la presente revisión contra la sentencia dictada por el extinto Tribunal de la Carrera Administrativa el 21 de enero de 2002, mediante la cual declaró sin lugar la querella interpuesta por los apoderados judiciales del mismo contra el Ministerio de Hacienda (ahora Ministerio Popular del Poder Popular de Planificación y Finanzas). En consecuencia, esa misma decisión de la referida Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo, confirmó la sentencia apelada, tomando como fundamento el artículo 62, cardinal 7, de la Ley de Carrera Administrativa.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara: que NO HA LUGAR la solicitud de revisión de la decisión del 28 de noviembre de 2007, que dictó la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo interpuesta por el abogado José Villamizar, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano WILMER ENRIQUE ARIAS ALBORNOZ.