Sentencia N° 515 — Sala Constitucional del TSJ, 29 de abril de 2015

TSJ/SC, Sent. N° 515, Exp. 15-0067, 29/04/2015
Expediente15-0067
PonenteGLADYS MARÍA GUTIÉRREZ ALVARADO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo
Fecha de la decisión2015-04-29
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala se pronuncia sobre la solicitud de admisión como terceros interesados en una acción de amparo interpuesta por la sociedad mercantil Cachivaches Chita C.A. contra una sentencia del Juzgado Superior Octavo. Se establece que los ciudadanos Vasco Javier De Sousa Denis y Astrid del Carmen Agudelo, quienes son propietarios del inmueble en cuestión, tienen un interés legítimo en el proceso. La Sala recuerda su jurisprudencia sobre la participación de terceros en juicios de amparo, permitiendo su inclusión antes de la audiencia pública.

Extracto de la motiva

Mediante sentencia n.° 7 del 1° de febrero de 2000 (caso: José Amado Mejía), esta Sala se pronunció en torno al procedimiento a seguir en el juicio de amparo constitucional, estableciendo que cuando el amparo se interponga contra una decisión judicial –como ocurre en el caso concreto-, podrán hacerse parte en él, las partes del juicio donde se dictó el fallo impugnado, antes y aún dentro de la audiencia pública, mas no después, sin necesidad de probar su interés.

Dispositiva

Por cuanto se evidencia de los autos que los ciudadanos Vasco Javier De Sousa Denis y Astrid del Carmen Agudelo, se constituyeron en demandantes en el juicio de desalojo instaurado por ellos contra la sociedad mercantil Cachivaches Chita, C.A. –accionante en amparo-, en donde se produjo la decisión dictada el 9 de enero de 2015, por el Juzgado Superior Octavo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que hoy se señala como lesiva, queda admitida su participación como terceros interesados en el presente proceso de amparo. Y así se decide.

Palabras clave

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