Sentencia N° 513 — Sala Constitucional del TSJ, 5 de abril de 2004
TSJ/SC, Sent. N° 513, Exp. 03-3135, 05/04/2004
Expediente03-3135
PonenteJOSÉ MANUEL DELGADO OCANDO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2004-04-05
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia recibió un escrito de amparo constitucional presentado por el CENTRO RAFAEL URDANETA S.A. a través de su apoderada judicial. Sin embargo, se advirtió que la descripción de los hechos no era clara, lo que llevó a la Sala a ordenar la corrección del escrito en un plazo de 48 horas. Se destacó la necesidad de especificar los hechos que dieron lugar a las presuntas infracciones constitucionales.
Extracto de la motiva
Visto la imprecisión advertida en la descripción narrativa de los hechos y demás circunstancias, la Sala, de conformidad con lo previsto en el artículo 19 eiusdem, ordena a la representación judicial del CENTRO RAFAEL URDANETA S.A., que corrija el escrito de amparo constitucional presentado en un lapso de cuarenta y ocho (48) horas contadas a partir de la fecha del recibo de esta solicitud, más el término de la distancia que fije la Secretaría de la Sala, visto que el domicilio de la presunta agraviada se encuentra en Maracaibo, Estado Zulia, y a tal efecto, la parte actora al objeto de cumplir con lo exigido por el mencionado artículo 18.5 eiusdem, deberá señalar cuáles fueron los hechos que dieron lugar a las presuntas infracciones constitucionales.
Dispositiva
Publíquese, regístrese y comuníquese. Cúmplase lo ordenado.
Palabras clave
amparo constitucionallesión constitucionalirregularidadessuspensión de medida