Sentencia N° 51 — Sala Constitucional del TSJ, 18 de febrero de 2026
TSJ/SC, Sent. N° 0051, Exp. 25-1134, 18/02/2026
Expediente25-1134
PonenteJanette Trinidad Córdova Castro
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2026-02-18
DecisiónSe ORDENA oficiar al Juez Rector en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Guárico
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia revisa una solicitud de revisión constitucional presentada por Luis Antonio Rangel Trocell, quien impugna una sentencia del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y Tránsito del estado Guárico. La sentencia cuestionada revocó una decisión anterior que había declarado con lugar un cobro de honorarios profesionales y declaró inadmisible la demanda presentada por Rangel Trocell. La Sala determina su competencia para conocer la solicitud de revisión y ordena la remisión de los expedientes relacionados con el caso para un análisis más profundo.
Extracto de la motiva
Ahora bien, luego del análisis de la sentencia cuestionada y su confrontación con los alegatos expuestos en la solicitud de Revisión Constitucional, surgen inquietudes que verificar, es por lo que esta Sala con el objeto de formarse un mejor criterio sobre el asunto planteado, considera necesario solicitar la remisión de la causa judiciales identificadas con los números 10.066-22, contentivo del juicio de intimación de cobro de honorarios profesionales llevado por ante Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado de Guárico; y el 8.638-24, contentivo del recurso de apelación llevado por ante el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Guárico, todo de conformidad con el artículo 145 de la Ley Orgánica de Reforma de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, en consecuencia, se ORDENA oficiar al Juez Rector en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Guárico, para que haga las gestiones necesarias, y sean recabados en el lugar donde se encuentren los referidos expedientes y los remita a esta Sala, dentro de un lapso de cinco (05) días hábiles siguientes a su notificación más dos (02) días como término de la distancia.
Dispositiva
Se ORDENA oficiar al Juez Rector en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Guárico, para que haga las gestiones necesarias, y sean recabados en el lugar donde se encuentren los referidos expedientes y los remita a esta Sala, dentro de un lapso de cinco (05) días hábiles siguientes a su notificación más dos (02) días como término de la distancia.
Palabras clave
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