Sentencia N° 51 — Sala Constitucional del TSJ, 17 de enero de 2018
TSJ/SC, Sent. N° 0051, Exp. 16-0944, 17/01/2018
Expediente16-0944
PonenteRENE ALBERTO DEGRAVES ALMARZA
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2018-01-17
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la acción de amparo constitucional interpuesta por los fiscales Yenny Yanisa Leal Armao y Carlos Luis Veliz Battistini, debido a la falta de presentación de copias certificadas de la decisión impugnada. La acción se dirigía contra una decisión de la Sala Octava de la Corte de Apelaciones que había declarado sin lugar un recurso de apelación relacionado con la privación de libertad de dos imputados por delitos de tráfico ilícito de sustancias.
Extracto de la motiva
motivar su criterio para decidir una medida menos grave a favor de los imputados, como lo fue la presentación periódica ante ese Tribunal y constituir una caución económica. IAJuriss.com | Base de Datos Jurídica de Venezuela | Página 1 de 12 Luego de la recepción del expediente de la causa, se dió cuenta en Sala por auto, del 4 de octubre de 2016, y se designó ponente al Magistrado Doctor CALIXTO ORTEGA RIOS. El 24 de febrero de 2017, se reconstituyó esta Sala Constitucional, en virtud de la
Dispositiva
Declara INADMISIBLE, la acción de amparo constitucional interpuesta por la abogada Yenny Yanisa Leal Armao y el abogado Carlos Luis Veliz Battistini, actuando en su carácter de Fiscala Encargada y Fiscal Auxiliar Interino de la Fiscalía Centésima Décima Octava del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, respectivamente, contra la decisión dictada, el 2 de septiembre de 2016, por la Sala Octava de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Palabras clave
medidas cautelaresderechos humanosproporcionalidadpresunción de inocencialibertad personal