Sentencia N° 5092 — Sala Constitucional del TSJ, 16 de diciembre de 2005

TSJ/SC, Sent. N° 5092, Exp. 05-1079, 16/12/2005
Expediente05-1079
PonenteLuisa Estella Morales Lamuño
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2005-12-16
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia revisó la sentencia Nº 710 del 21 de abril de 2005, dictada por la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo, que declaró desistida la apelación presentada por Gardelys Orta Rodríguez. La Sala observó que se habían violado derechos constitucionales al no notificar a las partes durante un prolongado periodo de suspensión del proceso. En consecuencia, se ordenó a la Corte Segunda recabar y remitir copias certificadas de las actas procesales del expediente correspondiente para garantizar la tutela judicial efectiva.

Extracto de la motiva

Esta Sala observa, a los fines de salvaguardar la tutela judicial efectiva en cada caso, que le es dado al juez de la revisión constitucional, previo a la emisión del fallo correspondiente, la posibilidad de requerir la información que sea necesaria a las partes o solicitarla de oficio cuando lo estime pertinente para la resolución del asunto sometido a su conocimiento. En tal sentido, y en aras de realizar un pronunciamiento ajustado a derecho y de garantizar la efectiva tutela de los derechos constitucionales, a tenor de lo previsto en el artículo 21, párrafo 13 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, para mejor proveer ORDENA a la Secretaría de esta Sala Constitucional oficiar a la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo, para que dentro del lapso de cinco días contados a partir de su notificación, recabe y remita copias certificadas de la totalidad de las actas procesales que conforman el expediente Nº AP42-R-2004-000282, en el cual esa Corte dictó la sentencia Nº 710 del 21 de abril de 2005 y, en caso de haber remitido el referido expediente, al Juzgado Superior Quinto Agrario y Civil (Bienes) de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas con competencia en lo Contencioso Administrativo de la Región Sur Oriental, realice las gestiones pertinentes a los fines de remitir las referidas copias.

Dispositiva

ORDENA para mejor proveer a la Secretaría de esta Sala Constitucional, oficiar a la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo, para que dentro del lapso de cinco días contados a partir de su notificación, recabe y remita copias certificadas de la totalidad de las actas procesales que conforman el expediente Nº AP42-R-2004-000282, en el cual esa Corte dictó la sentencia Nº 710 del 21 de abril de 2005 y, en caso de haber remitido el referido expediente, al Juzgado Superior Quinto Agrario y Civil (Bienes) de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas con competencia en lo Contencioso Administrativo de la Región Sur Oriental, realice las gestiones pertinentes a los fines de remitir las referidas copias.

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