Sentencia N° 509 — Sala Constitucional del TSJ, 14 de octubre de 2021
TSJ/SC, Sent. N° 0509, Exp. 20-0143, 14/10/2021
Expediente20-0143
PonenteCarmen Zuleta de Merchán
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2021-10-14
DecisiónIncompetente
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se declaró incompetente para conocer de la acción de amparo constitucional interpuesta por Audrey del Carmen Dorta Sánchez contra la decisión del Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de Mérida. La Sala decidió declinar la competencia al Juzgado Nacional de la Jurisdicción Contencioso Administrativa de la Región Centro-Occidental, con sede en Maracaibo, Estado Zulia, por ser el órgano jurisdiccional competente territorialmente y de superior jerarquía. La decisión se fundamenta en la normativa que establece el régimen de competencia aplicable a los amparos ejercidos contra decisiones judiciales.
Extracto de la motiva
MOTIVACIONES DE HECHO Y DE DERECHO PARA DECIR (sic) y en la PARTE DISPOSITIVA en violaciones de mis derechos Constitucionales, Garantizados en los artículos 22, 26 de la Constitución Nacional (sic) de la República Bolivariana de Venezuela; así mismo incurrió en la Violación (sic) de los artículos , (sic) 7 y 334 de la misma Constitución Nacional (sic) de la República Bolivariana de Venezuela. Por estas razones acudo ante ese Tribunal IAJuriss.com | Base de Datos Jurídica de Venezuela | Página 2 de 20 Primero del Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida; para que lo remita Conjuntamente (sic) con el expediente original signado con el número
Dispositiva
Se declara INCOMPETENTE para conocer de la acción de amparo constitucional interpuesta por la ciudadana AUDREY DEL CARMEN DORTA SÁNCHEZ, actuando en nombre propio, contra la decisión dictada el 13 de enero de 2020 por el Juzgado Superior Estadal de lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida y, en consecuencia, DECLINA la competencia en el Juzgado Nacional de la Jurisdicción Contencioso Administrativa de la Región Centro-Occidental, con sede en Maracaibo, Estado Zulia.
Palabras clave
derechos constitucionaleshabeas datatutela judicialinterpretación de normasacceso a bienessentenciaviolación de derechos