Sentencia N° 508 — Sala Constitucional del TSJ, 27 de abril de 2015

TSJ/SC, Sent. N° 508, Exp. 14-1213, 27/04/2015
Expediente14-1213
PonenteFrancisco Antonio Carrasquero López
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2015-04-27
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 27 de abril de 2015, aborda la solicitud de revisión presentada por la abogada Magaly Morales, quien impugnó una sentencia de la Corte de Apelaciones que declaró sin lugar su apelación. La Sala destaca la importancia de obtener información del proceso penal contra la ciudadana Jamileth Carolina Araujo Roso, por delitos de amenazas y agresiones, para decidir sobre la solicitud de revisión. Se ordena oficiar al Circuito Judicial Penal para que remita las actuaciones pertinentes.

Extracto de la motiva

Ahora bien, de acuerdo con su jurisprudencia pacífica y reiterada, esta Máxima Instancia puede requerir la información que considere pertinente para la resolución de las causas sometidas a su conocimiento, en cuanto contribuya al esclarecimiento de los hechos acontecidos, y en tal sentido, en este caso en particular, resulta de vital importancia determinar con exactitud, el contenido de las actuaciones correspondientes al proceso penal instaurado contra la ciudadana JAMILETH CAROLINA ARAUJO ROSO, por los delitos de “AMENAZAS DE MUERTE, VÍAS DE HECHO, OFENSAS, VIOLENTAS AGRESIONES…”, el cual cursó ante el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, en el expediente nro. 4J-865-14 (de la numeración de dicho juzgado), siendo que tal información resulta necesaria a fin de decidir la presente solicitud de revisión.

Dispositiva

En consecuencia, esta Sala, en aras de formarse un mejor criterio y garantizar la efectiva tutela de los derechos constitucionales del solicitante, a tenor de lo previsto en la parte in fine del artículo 145 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, estima necesario oficiar a la Presidencia del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, para que dentro de los dos (2) días siguientes al recibo de la respectiva comunicación, recabe y remita a esta Sala Constitucional, copia certificada de todas las actuaciones correspondientes al proceso penal instaurado contra la ciudadana JAMILETH CAROLINA ARAUJO ROSO, por los delitos de “AMENAZAS DE MUERTE, VÍAS DE HECHO, OFENSAS, VIOLENTAS AGRESIONES…”, el cual cursó ante el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, en el expediente nro. 4J-865-14 (de la numeración de dicho juzgado), con la advertencia de que la omisión de remitir la información requerida, pudiera acarrear la aplicación de la sanción prevista en el artículo 122 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia. Ofíciese lo conducente.

Palabras clave

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