Sentencia N° 5076 — Sala Constitucional del TSJ, 15 de diciembre de 2005

TSJ/SC, Sent. N° 5076, Exp. 05-0028, 15/12/2005
Expediente05-0028
PonenteLUISA ESTELLA MORALES LAMUÑO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2005-12-15
DecisiónTerminado el procedimiento, por abandono del trámite

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia decidió declarar terminado el procedimiento de la acción de amparo constitucional interpuesta por la sociedad mercantil CORSERAGRO, S.A. contra el Ministerio de Agricultura y Tierras, por abandono del trámite. La decisión se fundamenta en la falta de actividad de la parte actora durante más de seis meses, lo que se considera un abandono del procedimiento según lo establecido en la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.

Extracto de la motiva

La falta de actividad de la parte accionante, quien solicitó la tutela preferente del amparo con miras supuestamente a obtener una solución urgente que restituyera la situación jurídica denunciada como vulnerada, hace más de seis meses, encuadra en la calificación establecida por esta Sala en la sentencia antes transcrita. Ello así, de conformidad con el artículo 25 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, y por cuanto no verifica esta Sala que en el presente caso se vea afectado el orden público ni las buenas costumbres, se declara el abandono del trámite en la presente acción de amparo y, en consecuencia, terminado el procedimiento.

Dispositiva

Por las razones anteriormente expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, declara TERMINADO EL PROCEDIMIENTO, por abandono del trámite, correspondiente a la acción de amparo constitucional interpuesta por el abogado Luis Arturo Ortíz Verhooks, actuando con el carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil CORPORACIÓN DE SERVICIOS AGROPECUARIOS, S.A. (CORSERAGRO, S.A.), ya identificados, contentivo de la acción de amparo constitucional ejercida contra el “(…) Ministerio de Agricultura y Tierras (…)”, por retener mediante una vía de hecho la Licencia de Importación Nº 001404, concedida a su representada. Se IMPONE a la parte actora una multa por la cantidad de CINCO MIL BOLÍVARES (Bs. 5.000,00), pagaderos a favor de la Tesorería Nacional en las oficinas de entidades receptoras de fondos nacionales.

Palabras clave

amparo constitucionalabandonar trámitelicencia de importaciónderechos fundamentalesMinisterio de Agriculturaprocedimiento administrativoacción de amparo

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