Sentencia N° 507 — Sala Constitucional del TSJ, 5 de abril de 2004

TSJ/SC, Sent. N° 507, Exp. 03-1267, 05/04/2004
Expediente03-1267
PonenteJESÚS EDUARDO CABRERA ROMERO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2004-04-05
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la apelación interpuesta por la Jueza Matilde López Guerrero contra la decisión del Juzgado Superior que declaró con lugar la acción de amparo constitucional presentada por el Fiscal Carlos Rodríguez Palomo. La apelación fue desestimada, confirmando la decisión del Juzgado Superior que había ordenado al Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente tramitar la causa de los menores involucrados, debido a la inacción del tribunal agraviante que vulneró los derechos de los niños.

Extracto de la motiva

La Sala observa que todo Juez de Menores debe velar no solamente por cubrir las necesidades básicas de los menores cuyos juicios se ventilan ante su sede, sino además debe ser diligente en cuanto a las actuaciones a seguir, especialmente por tratarse de menores de edad. Limitarse a dar cobijo a los niños debidamente identificados en autos y no ocuparse además de su bienestar sicológico, averiguar el paradero de los padres de dichos menores, y las razones del abandono, sancionar la conducta de quienes los abandonaron de ser el caso, o mediante decisión judicial iniciar la colocación familiar o la adopción, hubiese demostrado que efectivamente la Jueza hizo el seguimiento adecuado al proceso y su verdadera preocupación por la solución definitiva del destino de los niños.

Dispositiva

Por las razones expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República, y por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR la apelación ejercida por la Dra. MATILDE LÓPEZ GUERRERO, Jueza Unipersonal Nº 2 encargada del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, Sala de Juicio Única de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, contra el fallo emitido el 15 de abril de 2003, por el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, del Trabajo y Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, que declaró con lugar la acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano CARLOS RODRÍGUEZ PALOMO, en su condición de Fiscal Sexto del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta. En consecuencia, se CONFIRMA el fallo apelado.

Palabras clave

amparo constitucionalderechos fundamentalesniñosproteccióndebido procesoconducta omisivaJuez de MenoresLey Orgánica

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca