Sentencia N° 5062 — Sala Constitucional del TSJ, 15 de diciembre de 2005
TSJ/SC, Sent. N° 5062, Exp. 05-1279, 15/12/2005
Expediente05-1279
PonenteLUISA ESTELLA MORALES LAMUÑO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2005-12-15
DecisiónNO ACEPTA LA COMPETENCIA
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia recibió una acción de amparo constitucional interpuesta por Leyra Magdalena Alfonso de Roa y la sociedad Farmacia Yekuana, C.A. contra el Director General de Salud Ambiental y la Directora de Drogas y Medicamentos del Ministerio de Salud, por la falta de pronunciamiento en un procedimiento administrativo. La Corte de Apelaciones declinó la competencia a la Sala Constitucional, pero esta última determinó que no era competente para conocer del caso, ya que la acción no iba dirigida contra un alto funcionario del poder público, sino contra órganos desconcentrados del Ministerio de Salud.
Extracto de la motiva
La presente acción de amparo constitucional no va dirigida contra el Ministro de Salud y Desarrollo Social, ni contra algún acto que el mismo haya dictado con tal investidura, sino que por el contrario, la acción de amparo constitucional persigue que la Dirección General de Salud Ambiental y Contraloría Sanitaria del Estado Amazonas y la Dirección de Drogas y Medicamentos, ambos órganos desconcentrados del Ministerio de Salud y Desarrollo Social, emitan un pronunciamiento en el procedimiento administrativo que se sigue contra la sociedad mercantil Farmacia Yekuana, C.A., independientemente de quien sea su titular, ya que de existir alguna lesión constitucional, la legitimación pasiva correspondería a las referidas Direcciones y no a la persona que en el momento en que se produjo la presunta lesión constitucional, era el titular de tal cargo.
Dispositiva
Por las razones anteriormente expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, NO ACEPTA LA COMPETENCIA declinada el 6 de junio de 2005 por la Corte de Apelaciones en lo Penal, Civil, Mercantil, Tránsito, Menores y Tribunal Superior en lo Contencioso Administrativo de la Región Amazonas de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, para conocer de la acción de amparo constitucional interpuesta por el abogado José Domingo Vázquez, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 34.789, en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana LEYRA MAGDALENA ALFONSO DE ROA, titular de la cédula de identidad N° 7.664.611, y de la sociedad mercantil FARMACIA YEKUANA, C.A., ya identificada, contra el Director General de Salud Ambiental y Contraloría Sanitaria del Estado Amazonas y, la Directora de Drogas y Medicamentos, ambos, del Ministerio de Salud y Desarrollo Social. En consecuencia, declara COMPETENTE a la Corte de Apelaciones en lo Penal, Civil, Mercantil, Tránsito, Menores y Tribunal Superior en lo Contencioso Administrativo de la Región Amazonas de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, para conocer del presente amparo en primera instancia.
Palabras clave
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