Sentencia N° 506 — Sala Constitucional del TSJ, 10 de marzo de 2006
TSJ/SC, Sent. N° 506, Exp. 05-2007, 10/03/2006
Expediente05-2007
PonentePEDRO RAFAEL RONDÓN HAAZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2006-03-10
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la solicitud de revisión presentada por los abogados Álvaro Faría Esteves y Zoila Mercedes Acosta en representación de Lionel Rodríguez Álvarez. La inadmisibilidad se fundamenta en la falta de acreditación de la representación legal, ya que no se presentó el poder correspondiente que validara la actuación de los abogados. La Sala enfatiza la importancia de cumplir con los requisitos formales establecidos en la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia para la admisión de solicitudes de revisión.
Extracto de la motiva
En virtud de las anteriores consideraciones, esta Sala debe declarar inadmisible la solicitud de revisión constitucional intentada por los abogados Iván José Ibarra Rodríguez y Sonia Zaragoza de Guatarasma, contra la sentencia dictada el 24 de noviembre de 2004 por la Sala de Casación Penal de este Máximo Tribunal, mediante la cual radicó el juicio seguido a la ciudadana Maddalena Maniscalco de Morreale, en el Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar. Así se decide (s. S.C. n° 157/05, del 02.03, exp. 04-3293).
Dispositiva
Por las razones que fueron expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la solicitud de revisión constitucional que interpusieron los abogados Alvaro Farías Esteves y Zoila Mercedes Acosta, en sedicente representación del ciudadano LIONEL RODRÍGUEZ ÁLVAREZ, contra el fallo que dictó la Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia el 30 de junio de 2005. Publíquese y archívese el expediente.
Palabras clave
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