Sentencia N° 503 — Sala Constitucional del TSJ, 26 de julio de 2018
TSJ/SC, Sent. N° 0503, Exp. 18-0048, 26/07/2018
Expediente18-0048
PonenteJUAN JOSÉ MENDOZA JOVER
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2018-07-26
DecisiónNO HA LUGAR
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia revisó la solicitud de revisión de la sentencia n° 000306 dictada por la Sala de Casación Civil, que declaró sin lugar el recurso de casación interpuesto por la sociedad mercantil Construcciones Gamal Oriente C.A. La Sala concluyó que no hubo vicio de motivación ni incongruencia negativa en la sentencia recurrida, ya que esta se pronunció sobre los alegatos presentados. Además, se determinó que la solicitud de revisión no cumplía con los requisitos para ser admitida, ya que no se evidenció una violación de derechos constitucionales ni un error grave en la interpretación de la ley.
Dispositiva
Por las razones expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara, NO HA LUGAR la solicitud de revisión interpuesta por los abogados Beltrán Haddad y Beltrán Enrique Haddad Briceño, apoderados judiciales de la sociedad mercantil CONSTRUCCIONES GAMAL ORIENTE C.A. contra la sentencia proferida por la Sala de Casación Civil de este Tribunal Supremo de Justicia el 18 de mayo de 2017. Publíquese, regístrese y archívese el expediente. Cúmplase lo ordenado.