Sentencia N° 502 — Sala Constitucional del TSJ, 28 de junio de 2017
TSJ/SC, Sent. N° 502, Exp. 15-0801, 28/06/2017
Expediente15-0801
PonenteCALIXTO ORTEGA RIOS
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2017-06-28
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional se pronuncia sobre un amparo constitucional interpuesto por Hogar Virgen del Valle Unidad de Cuidados, C.A. contra una sentencia que modificó un fallo anterior en un caso de arrendamiento. Se argumenta la violación de derechos al debido proceso y a la defensa, así como el derecho a la vivienda y a la protección de los ancianos. La Sala considera que el caso involucra el orden público, dado que afecta a una colectividad vulnerable, y decide no extinguir el procedimiento por abandono de trámite.
Extracto de la motiva
La presente acción de amparo fue interpuesta contra la sentencia dictada, el 8 de diciembre de 2014, por el Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que declaró parcialmente con lugar la apelación planteada por la ciudadana Laura del Carmen del Campo de Quintero, en su carácter de Presidente de la empresa mercantil Hogar Virgen del Valle Unidad de Cuidados C.A., contra la sentencia dictada, el 6 de mayo de 2013, por el Juzgado Décimo Quinto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en consecuencia, se modificó el fallo apelado y se anularon del dispositivo la condena al pago de intereses e indexación de éstos y la condena en costas a la parte reconvenida, en la demanda por cumplimiento de contrato de arrendamiento incoada por la ciudadana Laura del Carmen del Campo de Quintero contra Inversiones Inversacven, S.A., con respecto a un edificio denominado “B”, ubicado dentro de las instalaciones de la Sociedad de Amigos de los Ciegos, situado en la avenida María Teresa del Toro, Urbanización Las Acacias, Parroquia San Pedro, Municipio Libertador del Distrito Capital. Ahora bien, se observa en el caso sub iudice, que los hoy accionantes en amparo, denuncian la presunta violación de sus derechos al debido proceso y a la defensa, así como el derecho a la vivienda y a la protección de los ancianos que habitan y reciben servicios de salud y atención en las instalaciones donde funciona el hogar de ancianos y geriátrico Hogar Virgen del Valle Unidad de Cuidados C.A., denunciando que nunca fueron llamados a juicio, a pesar de que, dicho geriátrico es el ocupante actual del inmueble donde se prestan servicios de hogar de ancianos y geriátrico a adultos mayores remitidos por el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS), por lo cual nunca pudo ejercer medio de defensa alguno de sus derechos e intereses.
Dispositiva
En consecuencia, se ordena a la Secretaria de esta Sala Constitucional, proceda a notificar a la Defensoría del Pueblo, y fije fecha y hora para que tenga lugar la audiencia constitucional en el presente amparo. Así también se decide.