Sentencia N° 501 — Sala Constitucional del TSJ, 9 de abril de 2025
TSJ/SC, Sent. N° 0501, Exp. 24-0705, 09/04/2025
Expediente24-0705
PonenteMICHEL ADRIANA VELÁSQUEZ GRILLET
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2025-04-09
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia admitió la acción de amparo interpuesta por la sociedad mercantil Constructora Alfra, C.A. contra la sentencia N°4 del Juzgado Superior Décimo que declaró inadmisible la demanda de desalojo. La Sala consideró que la decisión del juzgado inferior violó el derecho a la defensa y la tutela judicial efectiva del accionante, al declarar inadmisible la demanda por causales inexistentes. En consecuencia, se anuló la sentencia impugnada y se ordenó que un nuevo juzgado superior conociera del caso.
Extracto de la motiva
motivación de la inconstitucional sentencia señaló que el arrendatario debía ser considerado como un ‘débil jurídico’ -como si se tratare de un arrendamiento de viviendas-resultando esta interpretación completamente contraria al espíritu del artículo 7o de la ley especial que rige la materia de arrendamiento de bienes inmuebles para uso comercial, que impone que todo lo relacionado con los contratos de arrendamiento, incluso su interpretación, debe darse de forma equilibrada y conforme a los acuerdos suscritos por las partes”. Que “haber declarado, sin previo alegato de la demandada, e ilegalmente, la inadmisibilidad de la demanda, lejos de lo dispuesto en el artículo 341 del mismo Código Adjetivo Civil, que establece que las únicas y taxativas causales de inadmisibilidad de una demanda, pueden ser la que misma resulte ser contraria al orden IAJuriss.com | Base de Datos Jurídica de Venezuela | Página 2 de 19
Dispositiva
Se anula la sentencia N°4 dictada el 11 de junio de 2024, por el Juzgado Superior Décimo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, y se repone la causa al estado que un Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de esa misma Circunscripción Judicial, previa distribución correspondiente, conozca de la presente causa y emita un nuevo pronunciamiento sobre el recurso de apelación ejercido en la procedimiento por desalojo de local comercial.
Palabras clave
arrendamientoinconstitucionalidadderechos fundamentalestutela judicialdebido proceso