Sentencia N° 5000 — Sala Constitucional del TSJ, 15 de diciembre de 2005
TSJ/SC, Sent. N° 5000, Exp. 05-2113, 15/12/2005
Expediente05-2113
PonenteLUISA ESTELLA MORALES LAMUÑO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2005-12-15
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la acción de amparo constitucional interpuesta por NELSON ALEXIS GARCÍA MORALES, quien alegó la vulneración de sus derechos constitucionales tras ser suspendido de su cargo como Juez Titular sin goce de sueldo. La Sala determinó su competencia para conocer el caso y analizó la admisibilidad de la acción, concluyendo que la medida de suspensión había sido seguida de un procedimiento disciplinario, lo que llevó a declarar inadmisible la acción de amparo. Finalmente, se resolvió que la acción de amparo constitucional era inadmisible por haber cesado la presunta infracción constitucional denunciada.
Extracto de la motiva
La Sala ha considerado que la enumeración realizada en el artículo transcrito es enunciativa y no taxativa, en tanto que existen órganos con rango similar -dada su naturaleza y atribuciones- a los cuales debe extenderse, necesariamente, la aplicación del fuero especial consagrado en el mismo. En tal sentido, esta Sala a través de decisión N° 189 del 19 de febrero de 2005, se atribuyó la competencia para el conocimiento de casos como el de autos, en el siguiente sentido: ‘Corresponde a esta Sala Constitucional determinar su competencia para conocer del presente procedimiento y, al respecto, debe precisar que la acción de amparo fue interpuesta contra la notificación contenida en el Oficio N° TPE-03-1812, del 13 de octubre de 2003, librada por la Sala Plena de este Tribunal Supremo de Justicia. Ahora bien, la comunicación que le hizo la Sala Plena al abogado Pablo Suárez Trejo fue con ocasión de lo resuelto en una reunión celebrada el 13 de octubre de 2003, por los integrantes de la Comisión Judicial que es una dependencia administrativa de este Tribunal Supremo de Justicia, siendo uno de ellos el Magistrado Iván Rincón Urdaneta, por lo que se colige que el acto que originó la destitución, devino de ese ente administrativo.’
Dispositiva
Por las razones que anteceden, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, se declara COMPETENTE para conocer el amparo interpuesto y declara INADMISIBLE la acción de amparo constitucional ejercida conjuntamente con medida cautelar innominada, por el abogado NELSON ALEXIS GARCÍA MORALES, titular de la cédula de identidad N° 5.653.729 e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 33.395, actuando en su propio nombre y representación, contra la medida de “(…) suspensión del cargo sin goce de sueldo” del cargo de Juez Titular del Juzgado Séptimo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, acordada el 23 de mayo de 2005, por la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia.
Palabras clave
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