Sentencia N° 496 — Sala Constitucional del TSJ, 19 de marzo de 2002

TSJ/SC, Sent. N° 496, Exp. 02-0449, 19/03/2002
Expediente02-0449
PonenteIván Rincón Urdaneta
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2002-03-19
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la competencia para conocer de la acción de amparo constitucional presentada por Amado Nell Espina Portillo, quien alegaba violaciones a sus derechos a la defensa y al debido proceso. La Sala determinó que no tiene competencia para conocer de la acción, ya que el acto impugnado emanaba de un funcionario de la Universidad Central de Venezuela, un ente de derecho público que no está comprendido en el ámbito de competencia de la Sala Constitucional según la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.

Extracto de la motiva

Por las razones precedentemente expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República por autoridad de la Ley declara: 1- Que NO TIENE COMPETENCIA para conocer de la acción de amparo constitucional ejercida por el ciudadano AMADO NELL ESPINA PORTILLO, contra el acto emanado del Decano de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas de la Universidad Central de Venezuela. 2- Que corresponde a la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo conocer de la presente acción de amparo.

Dispositiva

Por las razones precedentemente expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República por autoridad de la Ley declara: 1- Que NO TIENE COMPETENCIA para conocer de la acción de amparo constitucional ejercida por el ciudadano AMADO NELL ESPINA PORTILLO, contra el acto emanado del Decano de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas de la Universidad Central de Venezuela. 2- Que corresponde a la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo conocer de la presente acción de amparo. Publíquese y regístrese. Remítase el expediente a la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

amparo constitucionalderechos fundamentalesdebido procesocompetenciauniversidadactos administrativostutela constitucional

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