Sentencia N° 4949 — Sala Constitucional del TSJ, 15 de diciembre de 2005
TSJ/SC, Sent. N° 4949, Exp. 05-0764, 15/12/2005
Expediente05-0764
PonenteLUISA ESTELLA MORALES LAMUÑO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoConsulta de Ley
Fecha de la decisión2005-12-15
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional dictó la decisión N° 1307, donde se suprimió la consulta de ley prevista en el artículo 35 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales. Se ordenó la publicación de esta decisión en la Gaceta Oficial, permitiendo a las partes manifestar su interés en que se decidiera la consulta. Al transcurrir el plazo de treinta días sin manifestaciones, se declaró firme la decisión objeto de consulta.
Extracto de la motiva
La presente causa se refiere a la consulta de ley a la que se encontraba sometida la decisión dictada por el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario, del Tránsito y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, en la acción de amparo constitucional intentada por el ciudadano EDOARDO PETRICONE CHIARILLI, asistido por la abogada Niria Lisette Jiménez Emprador, contra el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de la referida Circunscripción Judicial. Visto que, ha transcurrido en su totalidad el lapso de treinta (30) días anteriormente mencionado, sin que alguna de las partes haya manifestado su interés en que se decida la presente consulta de ley, en consecuencia, se declara firme la decisión objeto de consulta dictada por el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario, del Tránsito y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico.
Dispositiva
Esta Sala Constitucional, por cuanto la decisión que era objeto de consulta ha quedado definitivamente firme, acuerda remitir el expediente al Tribunal de origen, a los fines de su archivo. Así se decide. Publíquese y regístrese. Cúmplase lo ordenado.
Palabras clave
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