Sentencia N° 494 — Sala Constitucional del TSJ, 7 de diciembre de 2005
TSJ/SC, Sent. N° 494, Exp. 05-1860, 16/03/2007
Expediente05-1860
PonenteArcadio Delgado Rosales
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo
Fecha de la decisión2005-12-07
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declaró inadmisible la solicitud de aclaratoria y ampliación presentada por Ismar Antonio Maurera Perdomo, argumentando que fue presentada extemporáneamente, ya que no se solicitó en el día de la publicación de la sentencia original. La Sala fundamentó su decisión en el artículo 252 del Código de Procedimiento Civil, que establece los plazos y condiciones para solicitar aclaratorias. La decisión confirma la sentencia anterior que había declarado improcedente la acumulación de causas e inadmisible la acción de amparo.
Extracto de la motiva
El artículo 252 del Código de Procedimiento Civil, aplicable supletoriamente a tenor de lo establecido en el artículo 19 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, establece lo siguiente: '…Después de pronunciada la sentencia definitiva o la interlocutoria sujeta a apelación no podrá revocarla ni reformarla el Tribunal que la haya pronunciado. Sin embargo, el Tribunal podrá, a solicitud de parte, aclarar los puntos dudosos, salvar las omisiones y rectificar los errores de copia, de referencias o de cálculos numéricos, que aparecieren de manifiesto en la misma sentencia, o dictar ampliaciones dentro de tres días, después de dictada la sentencia, con tal de que dichas aclaraciones y ampliaciones las solicite alguna de las partes en el día de la publicación o en el siguiente...'. Aplicando lo expuesto al presente caso, la Sala advierte que la solicitud de aclaratoria de la sentencia Nº 3837 del 7 de diciembre de 2005, fue presentada el 12 de diciembre de 2005. En razón de lo cual, de conformidad con la norma transcrita supra, al no haberse solicitado la aclaratoria y ampliación en el mismo día de la publicación de la sentencia o en el siguiente, dicha solicitud resulta inadmisible por extemporánea; y así se declara.
Dispositiva
Por las razones anteriormente expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE por extemporánea la solicitud de aclaratoria y ampliación formulada por el ciudadano ISMAR ANTONIO MAURERA PERDOMO, asistido por el abogado Carlos Luis Hernández, de la sentencia dictada por esta Sala el 7 de diciembre de 2005. Publíquese y regístrese. Archívese el expediente.
Palabras clave
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