Sentencia N° 491 — Sala Constitucional del TSJ, 22 de mayo de 2014
TSJ/SC, Sent. N° 491, Exp. 12-1144, 22/05/2014
Expediente12-1144
PonenteMarcos Tulio Dugarte Padrón
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2014-05-22
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara sin lugar la apelación interpuesta por Norma Tineo Navarro contra la decisión del Juzgado Superior que declaró inadmisible su acción de amparo constitucional. La Sala argumenta que la recurrente no agotó las vías ordinarias antes de recurrir al amparo, lo que hace que su solicitud sea inadmisible según la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales. Se confirma la decisión del a quo, reafirmando que la acción de amparo no es un recurso que sustituya los medios ordinarios de impugnación.
Extracto de la motiva
La acción de amparo constitucional no será admisible cuando el ordenamiento jurídico prevea la posibilidad de ejercer recursos ordinarios o preexistentes contra un acto que presuntamente lesiona derechos de rango constitucional, con la finalidad de que ésta no se convierta en una acción que haga inoperante el ejercicio de los recursos ordinarios, salvo que éstos hayan sido agotados y persista la violación de los derechos constitucionales invocados; o en aquellos casos en que aún existiendo un remedio procesal, éste no resulte más expedito y adecuado para restablecer la situación jurídica infringida, y así lo demuestre el quejoso.
Dispositiva
1) SIN LUGAR la apelación ejercida contra la decisión dictada el 27 de septiembre de 2012, por el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario y Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas. 2) CONFIRMA la decisión del a quo que declaró inadmisible la presente acción de amparo constitucional. Publíquese y regístrese. Devuélvase el expediente al a quo.