Sentencia N° 491 — Sala Constitucional del TSJ, 16 de marzo de 2007

TSJ/SC, Sent. N° 491, Exp. 07-0102, 16/03/2007
Expediente07-0102
PonenteArcadio Delgado Rosales
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2007-03-16
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la acción de amparo constitucional interpuesta por Johan Alexander Castillo, debido a la falta de juramentación del abogado que lo representa. Se argumenta que el abogado no presentó el acta de aceptación del cargo de defensor privado, lo que es un requisito esencial para su actuación en el proceso penal. La Sala reitera que la falta de representación adecuada es causal de inadmisibilidad según la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia y la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.

Extracto de la motiva

La Sala advierte, luego de una exhaustiva revisión de las actas que conforman el expediente, que no consta que el abogado Arturo José Carrillo, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 27.323, quien aduce tener el carácter de defensor privado del hoy quejoso, Johan Castillo, fuera debidamente juramentado conforme lo prescribe el artículo 136 del Código Orgánico Procesal Penal, que al respecto dispone: Artículo 136. Limitación. El nombramiento del defensor no está sujeto a ninguna formalidad. Una vez designado por el imputado, por cualquier medio, deberá aceptar el cargo y jurar desempeñarlo fielmente ante el juez, haciéndose constar en acta. El imputado no podrá nombrar más de tres defensores, quienes ejercerán sus funciones conjunta o separadamente, salvo lo que se dispone en el artículo 143 sobre defensor auxiliar. Al respecto, cabe señalar que el Código Orgánico Procesal Penal establece como necesaria la efectiva designación del sujeto como defensor, aunado a lo cual, se requiere que el mismo acepte ese cargo y jure desempeñarlo fielmente ante el Juez, haciéndose constar en acta, para poder actuar en el proceso penal como tal.

Dispositiva

Por las razones expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano JOHAN ALEXANDER CASTILLO, titular de la cédula de identidad Nº V-15.306.403, por intermedio de su supuesto defensor privado, contra la decisión de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, del 3 de octubre de 2006, aludida supra.

Palabras clave

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