Sentencia N° 49 — Sala Constitucional del TSJ, 14 de febrero de 2013
TSJ/SC, Sent. N° 49, Exp. 12-1118, 14/02/2013
Expediente12-1118
PonenteArcadio Delgado Rosales
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2013-02-14
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la acción de amparo constitucional interpuesta por Mario José Callejas Garvet contra el Presidente de la Asamblea Nacional, Diosdado Cabello Rondón, por la falta de respuesta a su solicitud de información. La Sala fundamenta su decisión en que el demandante tenía a su disposición vías judiciales ordinarias para obtener la respuesta requerida, lo que hace improcedente el recurso de amparo.
Extracto de la motiva
La Sala estima pertinente señalar que la norma prevista en el artículo 6, numeral 5 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, consagra simultáneamente el supuesto de admisibilidad e inadmisibilidad de la acción de amparo. Así, en primer término, se consagra claramente la inadmisión de la acción cuando el agraviado haya optado por recurrir a las vías ordinarias o a los medios judiciales preexistentes, sobre el fundamento de que todo juez de la República es constitucional y, a través del ejercicio de los recursos que ofrece la jurisdicción ordinaria, se pueda alcanzar la tutela judicial efectiva de derechos o garantías constitucionales.
Dispositiva
Por las razones expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la acción de amparo interpuesta por el ciudadano MARIO JOSÉ CALLEJAS GARVET, asistido por el abogado Alberto Nieto Palma, ya identificados, contra el Presidente de la Asamblea Nacional Diosdado Cabello Rondón ante la negativa de este en representación de la Asamblea Nacional de la República Bolivariana de Venezuela de otorgar oportuna y adecuada respuesta al derecho de petición de información que realizó mediante comunicación entregada en fecha 22 de mayo de 2012.