Sentencia N° 49 — Sala Constitucional del TSJ, 19 de enero de 2007

TSJ/SC, Sent. N° 49, Exp. 04-2940, 19/01/2007
Expediente04-2940
PonenteMarcos Tulio Dugarte Padrón
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo
Fecha de la decisión2007-01-19
DecisiónProcedente

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declaró procedente la solicitud de aclaratoria presentada por el abogado Igor Tanachian S. respecto a la decisión dictada el 28 de julio de 2006. En la solicitud, se alegó un error material en la sentencia, donde se mencionaba incorrectamente a otro abogado como representante del accionante. La Sala, tras examinar la solicitud, concluyó que efectivamente había un error y procedió a corregirlo, indicando que el abogado correcto era Igor Tanachian S.

Extracto de la motiva

Corresponde a esta Sala Constitucional resolver, en esta oportunidad, la solicitud de aclaratoria presentada de la sentencia N° 1480 dictada por esta Sala el 28 de julio de 2006, en los siguientes términos: En principio, observa la Sala que, el abogado Igor Tanachian S., se dio por notificado el 18 de septiembre de 2006, solicitando en esa misma oportunidad la aclaratoria de la sentencia dictada el 28 de julio de 2006, es decir, el mismo día de despacho en que se dio por notificado de dicha sentencia, en razón de lo cual, se considera tempestiva la presente solicitud de aclaratoria, de conformidad con lo previsto en el artículo 252 del Código de Procedimiento Civil, aplicable al caso por disposición del artículo 48 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, y así se declara. Al respecto, se estima conveniente precisar que la figura de la aclaratoria se encuentra dirigida, a precisar algún aspecto del fallo que hubiere quedado ambiguo u oscuro, o simplemente que no haya quedado claro su alcance en el texto de la sentencia; asimismo, la aclaratoria permite corregir los errores materiales en que haya podido incurrir la sentencia, siendo imposible su revocatoria o reforma (sentencia del 9-03-01, Caso: Luis Morales Bance). En tal sentido, observa esta Sala, que en la aclaratoria presentada, el solicitante requirió la corrección de un error material, por cuanto –a su decir- esta Sala señaló en forma errada como abogado del accionante al profesional del derecho Rodolfo Luis Quijada Marval, siendo el caso que el único abogado demandante fue Igor Tanachian S. De allí, que esta Sala Constitucional una vez analizada la solicitud y examinada la decisión dictada, llega a la convicción que en la referida sentencia, efectivamente se incurrió en un error material en el texto del fallo dictado el 28 de julio de 2006, cuando al inicio se indica que “En la audiencia constitucional, el abogado Rodolfo Luis Quijada Marval, en representación del accionante, expuso sus alegatos con relación a la acción de amparo interpuesta”, cuando debía señalarse que dicho abogado fue Igor Tanachian S., como se evidencia de los recaudos que acompañan la presente acción y se indica en el resto de la sentencia dictada, por lo cual a fin de corregir el señalado error material, donde dice “Rodolfo Luis Quijada Marval”, debe entenderse “Igor Tanachian S.”, todo lo anterior de conformidad con lo dispuesto en el artículo 48 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales y el artículo 252 del Código de Procedimiento Civil.

Dispositiva

Por las razones expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara PROCEDENTE la solicitud de aclaratoria efectuada por el abogado Igor Tanachian S. de la decisión del 28 de julio de 2006 dictada por esta Sala. Publíquese y regístrese. Archívese el expediente. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

aclaratoriaerror materialamparonotificaciónCódigo de Procedimiento CivilLey Orgánica de Amparojusticiasentencia

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca