Sentencia N° 4892 — Sala Constitucional del TSJ, 15 de diciembre de 2005
TSJ/SC, Sent. N° 4892, Exp. 05-1121, 15/12/2005
Expediente05-1121
PonenteLUISA ESTELLA MORALES LAMUÑO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoConsulta de Ley
Fecha de la decisión2005-12-15
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional se pronuncia sobre la consulta de ley relacionada con una decisión del Juzgado Superior Accidental del Trabajo de Monagas. Se establece que, tras el vencimiento del plazo de treinta días para que las partes manifestaran su interés en la consulta, la decisión objeto de consulta queda firme. La Sala acuerda remitir el expediente al tribunal de origen para su archivo.
Extracto de la motiva
Visto que, ha transcurrido en su totalidad el lapso de treinta (30) días anteriormente mencionado, sin que alguna de las partes haya manifestado su interés en que se decida la presente consulta de ley, en consecuencia se declara firme la decisión objeto de consulta dictada por el Juzgado Superior Accidental del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas. Esta Sala Constitucional, por cuanto la decisión que era objeto de consulta ha quedado definitivamente firme, acuerda remitir el expediente al Tribunal de origen, a los fines de su archivo. Así se decide.
Dispositiva
Esta Sala Constitucional, por cuanto la decisión que era objeto de consulta ha quedado definitivamente firme, acuerda remitir el expediente al Tribunal de origen, a los fines de su archivo. Así se decide.
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