Sentencia N° 489 — Sala Constitucional del TSJ, 15 de mayo de 2023
TSJ/SC, Sent. N° 0489, Exp. 08-1521, 15/05/2023
Expediente08-1521
PonenteMICHEL ADRIANA VELÁSQUEZ GRILLET
MateriaConstitucional
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2023-05-15
DecisiónPerención de la instancia y la extinción del proceso
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara la perención de la instancia y la extinción del proceso en la demanda por intereses difusos y colectivos interpuesta contra el Ministerio del Poder Popular para la Salud. La decisión se basa en la inactividad del procedimiento por más de un año, lo que configura la perención de la instancia según la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia. Además, se revoca una medida cautelar anterior relacionada con el caso.
Extracto de la motiva
Las disposiciones transcritas, establecen que cuando la causa haya estado paralizada por más de un año a consecuencia de la inactividad del accionante, se declarará la perención de la instancia, salvo que se trate de causas sobre materias ambientales o destinadas a sancionar delitos contra los derechos humanos, el patrimonio público o el tráfico de estupefacientes o psicotrópicos. En el caso de autos, no sólo se verifica que la causa ha estado paralizada por más de un año, sino que el presente asunto no está vinculado al orden público, ni se verifican las excepciones que estableció el legislador para la improcedencia de la perención de la instancia. Por tanto, se hace patente que se ha configurado uno de los mecanismos anormales de terminación del proceso como es la perención y, en consecuencia, se declara extinguida la instancia en este proceso. Así se decide.
Dispositiva
1.- La PERENCIÓN DE LA INSTANCIA Y LA EXTINCIÓN DEL PROCESO en la demanda por intereses difusos y colectivos incoada por los abogados HÉCTOR R. BLANCO-FOMBONA, HÉCTOR R. BLANCO FOMBONA V., y CARLOS BLANCO-FOMBONA V., contra el MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA SALUD. 2.- REVOCA la medida cautelar acordada por esta Sala el 26 de abril de 2016.