Sentencia N° 488 — Sala Constitucional del TSJ, 24 de mayo de 2010

TSJ/SC, Sent. N° 488, Exp. 09-1156, 24/05/2010
Expediente09-1156
PonenteArcadio Delgado Rosales
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2010-05-24
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión, declara sin lugar la apelación interpuesta por el ciudadano Félix Ángel Rodríguez Vásquez contra la decisión de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, que había declarado inadmisible la acción de amparo constitucional. La Sala argumenta que la decisión apelada resolvió una solicitud de sobreseimiento y que el accionante no utilizó el recurso ordinario de apelación que le correspondía, lo que motivó la inadmisibilidad del amparo. Además, se concluye que la actuación del Juzgado de Control no configuró violaciones a los derechos fundamentales del accionante, ya que este tuvo la oportunidad de ser oído en la audiencia correspondiente.

Extracto de la motiva

Verificada su competencia, a los fines de resolver el caso de autos, observa esta Sala que la decisión apelada fue dictada el 30 de julio de 2009 por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, la cual declaró inadmisible la acción de amparo interpuesta contra la decisión que dictó el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta el 31 de octubre de 2008, que declaró sin lugar la solicitud de nulidad interpuesta por el accionante, decretó el sobreseimiento de la causa penal seguida contra el ciudadano Augusto Alberto Rauseo Medina por la presunta comisión del delito de lesiones personales y declaró sin lugar la apertura de una averiguación por la presunta comisión del delito de simulación de hecho punible por parte del hoy accionante. La sentencia apelada se fundamentó en el hecho de que la decisión contra la cual se ejerció la acción de amparo constitucional resolvió una solicitud de sobreseimiento presentada por la representación fiscal, la cual contaba con el recurso ordinario de apelación previsto en el artículo 447 del Código Orgánico Procesal Penal, para hacer valer sus derechos -el cual no fue utilizado por el accionante- circunstancia que motivó a la Corte de Apelaciones a declarar la inadmisibilidad de la acción interpuesta de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6, cardinal 5 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.

Dispositiva

1.- SIN LUGAR la apelación ejercida por el apoderado judicial del ciudadano Félix Ángel Rodríguez Vásquez, contra la decisión dictada el 30 de julio de 2009 por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, que declaró inadmisible la acción de amparo constitucional interpuesta contra la decisión del 31 de octubre de 2008, que dictó el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta. 2.- REVOCA el fallo apelado del 30 de julio de 2009 que dictó la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta. 3.- Declara IMPROCEDENTE la acción de amparo interpuesta por el ciudadano Félix Ángel Rodríguez Vásquez, en los términos establecidos en el presente fallo.

Palabras clave

amparonulidadproceso penalinimpugnabilidadderechos constitucionalesCorte de ApelacionesCódigo Orgánico Procesal Penal

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