Sentencia N° 486 — Sala Constitucional del TSJ, 26 de julio de 2018
TSJ/SC, Sent. N° 0486, Exp. 17-0455, 26/07/2018
Expediente17-0455
PonenteArcadio Delgado Rosales
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2018-07-26
DecisiónNO HA LUGAR
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión, declaró que no ha lugar la solicitud de revisión de la sentencia N° 640, dictada el 27 de octubre de 2016 por la Sala de Casación Civil. La solicitud fue presentada por la abogada Eglé Coromoto Pérez en representación de Nayeth Nasser Nasser, quien argumentó que la Sala de Casación Civil había declarado consumada la perención del procedimiento del recurso extraordinario de casación, lo que generó indefensión. La Sala Constitucional consideró que la revisión no constituye una tercera instancia y que no se evidenció el desconocimiento de criterios interpretativos de normas constitucionales.
Extracto de la motiva
La Sala observa que aquél no encuadra en ninguno de los supuestos en que resulta procedente la revisión constitucional, toda vez que no se evidencia el desconocimiento de algún criterio interpretativo de normas constitucionales que haya sido asentado por esta Sala Constitucional, así como tampoco se observa que dicha decisión haya vulnerado principios fundamentales del Texto Constitucional, ni lesionado los derechos y las garantías constitucionales de la ciudadana Nayeth Nasser Nasser. Asimismo, se considera que la revisión de esa decisión en nada contribuiría a alcanzar la finalidad de la revisión constitucional, la cual es, como se indicó precedentemente, garantizar la uniformidad de la interpretación de normas y principios constitucionales.
Dispositiva
Por las razones expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, declara que NO HA LUGAR la solicitud de revisión de la sentencia Nº RC.000640, dictada el 27 de octubre de 2016 por la Sala de Casación Civil de este Tribunal Supremo de Justicia, planteada por la abogada Eglé Coromoto Pérez, actuando en representación de la ciudadana NAYETH NASSER NASSER.