Sentencia N° 4856 — Sala Constitucional del TSJ, 15 de diciembre de 2005
TSJ/SC, Sent. N° 4856, Exp. 05-0999, 15/12/2005
Expediente05-0999
PonenteLUISA ESTELLA MORALES LAMUÑO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoConsulta de Ley
Fecha de la decisión2005-12-15
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional dictó la decisión N° 1.307, en la que se suprimió la consulta de ley prevista en el artículo 35 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales. Se ordenó la publicación de esta decisión en la Gaceta Oficial para que las partes manifestaran su interés en que se decidiera la consulta. Al no haber manifestaciones de interés en el plazo establecido, la Sala acuerda remitir el expediente al tribunal de origen para su archivo.
Extracto de la motiva
La presente causa se refiere a la consulta de ley a la que se encontraba sometida la decisión dictada por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, el 20 de abril de 2005, en la acción de amparo constitucional intentada por el abogado Jesús Briceño Fernández, en su carácter de Defensor Público Penal N° 5, adscrito al Sistema Autónomo de la Defensa Pública Penal de esa Circunscripción Judicial, y defensor del ciudadano GIANNY FRANCISCO HERNÁNDEZ, (sin indicación de la cédula de identidad), contra la decisión dictada el 6 de abril de 2005, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal de la misma Circunscripción Judicial. Visto que, ha transcurrido en su totalidad el lapso de treinta (30) días anteriormente mencionado, sin que alguna de las partes haya manifestado su interés en que se decida la presente consulta de ley. Esta Sala Constitucional, por cuanto la decisión que era objeto de consulta ha quedado definitivamente firme, acuerda remitir el expediente al Tribunal de origen, a los fines de su archivo.
Dispositiva
La Sala Constitucional acuerda remitir el expediente al Tribunal de origen, a los fines de su archivo. Así se decide. Publíquese y regístrese. Cúmplase lo ordenado.
Palabras clave
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