Sentencia N° 484 — Sala Constitucional del TSJ, 28 de marzo de 2008
TSJ/SC, Sent. N° 484, Exp. 08-0111, 28/03/2008
Expediente08-0111
PonenteMarcos Tulio Dugarte Padrón
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2008-03-28
DecisiónIncompetente
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la acción de amparo constitucional interpuesta por Alberto Augusto Vargas Singer contra el SENIAT, debido a la notificación de no selección en un concurso público. La Sala consideró que la notificación realizada por la página web del SENIAT contravino derechos constitucionales, pero se declaró incompetente para conocer el caso, remitiéndolo al Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital. La decisión se fundamentó en la naturaleza funcionarial del amparo solicitado.
Extracto de la motiva
Corresponde a esta Sala pronunciarse sobre la competencia para conocer y decidir la solicitud de amparo constitucional presentada y, a tal efecto, observa: El hecho que originó la interposición de la presente acción de amparo constitucional lo constituye, de acuerdo al escrito de amparo presentado por el accionante, la notificación que se le realizó a través de la página web de la Gerencia de Recursos Humanos del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria, mediante la cual se le informó que no había sido seleccionado para continuar con la siguiente fase del “I Concurso Público 2008”, lo cual, en su criterio, lesionó los derechos relativos al ingreso a la función pública. Atendiendo a lo expuesto, y por cuanto el fuero especial que asegura que el control de la constitucionalidad de los actos emanados de los más altos funcionarios del Estado, no puede ser extendido a todo tipo de autoridad del Poder Público, considera esta Sala, que al presente caso no le es aplicable el contenido del artículo 8 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, razón por la cual resulta incompetente para conocer la presente acción de amparo; y así se declara.
Dispositiva
Por las razones precedentemente expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, se declara INCOMPETENTE para conocer de la presente acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano ALBERTO AUGUSTO VARGAS SINGER; y declara COMPETENTE para conocer de la presente acción de amparo constitucional, contra el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), al Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, que corresponda previa distribución. Así se decide.