Sentencia N° 483 — Sala Constitucional del TSJ, 21 de junio de 2016
TSJ/SC, Sent. N° 483, Exp. 16-0371, 21/06/2016
Expediente16-0371
PonenteGLADYS MARÍA GUTIÉRREZ ALVARADO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2016-06-21
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia revisó la sentencia n.° 1225 de la Sala de Casación Social, que había declarado con lugar un recurso de casación y anulado un fallo de instancia. La revisión se solicitó por el Banco Nacional de Crédito C.A., quien alegó incongruencias y falta de pronunciamiento sobre denuncias formuladas en el recurso de casación. La Sala se declaró competente para conocer la solicitud de revisión y ordenó al Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo remitir el expediente correspondiente para un análisis más exhaustivo.
Extracto de la motiva
El artículo 336, numeral 10 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, textualmente atribuye a la Sala Constitucional la potestad de “revisar las sentencias definitivamente firmes de amparo constitucional y de control de constitucionalidad de leyes o normas jurídicas dictadas por los Tribunales de la República, en los términos establecidos por la Ley Orgánica respectiva”. Tal potestad de revisión abarca fallos que hayan sido expedidos tanto por las otras Salas del Tribunal Supremo de Justicia (artículo 25.11 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia) como por los demás tribunales de la República (artículo 25.10 eiusdem), pues la intención final es que la Sala Constitucional ejerza su atribución de máximo intérprete de la Constitución, según lo que establece el artículo 335 del Texto Fundamental. En el presente caso se requirió la revisión de la sentencia n.° 1225, que pronunció la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia el 14 de diciembre de 2015, razón por la cual esta Sala Constitucional se declara competente, y así se decide.
Dispositiva
Se ordena al Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que remita a esta Sala copia certificada del expediente contentivo de la demanda laboral que cursó ante ese Juzgado, identificada con el alfanumérico AP21-L-2010-001834, contentiva de la demanda que fue incoada por los ciudadanos Fabio Ernesto Bramanti Ostilla, Nicolás Valera Stachowsky y Carl Henrik Gustaf Edlund Brewer contra las sociedades mercantiles Stanford Group Venezuela Asesores de Inversión C.A., Banco Nacional de Crédito C.A. Banco Universal -en el que intervinieron como terceros forzosos las sociedades mercantiles Bicentenario Banco Universal C.A. y Torre Senza Nome Venezuela C.A., por cobro de diferencias de prestaciones sociales y otros conceptos laborales.
Palabras clave
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