Sentencia N° 482 — Sala Constitucional del TSJ, 1 de octubre de 2021

TSJ/SC, Sent. N° 0482, Exp. 16-0885, 01/10/2021
Expediente16-0885
PonenteLUIS FERNANDO DAMIANI BUSTILLOS
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2021-10-01
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia decidió sobre la acción de amparo constitucional interpuesta por la Fiscal Décima Segunda del Estado Yaracuy, Nadexa Camacaro Carucí, contra la sentencia dictada el 17 de marzo de 2016 por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy. La Corte de Apelaciones había declarado parcialmente con lugar un recurso de apelación relacionado con la medida humanitaria de detención domiciliaria de los ciudadanos Andrés Calero Gonnella y Sergio Jesús Morillo Castillo, acusados de tráfico ilícito de sustancias estupefacientes y asociación para delinquir. La Sala Constitucional, tras evaluar la falta de actuación de la parte actora durante más de seis meses, declaró terminado el procedimiento por abandono del trámite, imponiendo una multa a la parte actora. Se destacó que la inactividad en la causa se interpretó como pérdida de interés en la acción de amparo, lo que llevó a la extinción del procedimiento. La decisión subraya la importancia de la actividad procesal en la tutela de derechos fundamentales.

Extracto de la motiva

Que “(…) la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy [consideró] que (…) era menester garantizar el derecho a la salud de los (…) acusados, p[or] la gravedad de la enfermedad por éstos padecida, (…) razón por la cual (…) consider[ó] ajustado a Derecho, que (…) la Juez Libia Nohemi Ríos, como Juez Cuarto de Primera Instancia en lo Penal en funciones (sic) de Control del Circuito Judicial (…) se aboc[ara] al conocimiento de la causa (…) asignada al Juez Quinto de Primera Instancia en lo Penal en funciones (sic) de Control del [mismo] Circuito Judicial (…) solo para (…) revisar la medida (…) de Privación Judicial Preventiva de Libertad, (…) otorgando una [m]edida [h]umanitaria con

Dispositiva

Se declara terminado el procedimiento por abandono del trámite de la acción de amparo constitucional interpuesta por la ciudadana NADEXA CAMACARO CARUCÍ, actuando con el carácter de Fiscal Décima Segunda del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, contra la sentencia dictada el 17 de marzo de 2016 por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy. Se impone a la parte actora una multa por la cantidad de cinco mil bolívares (Bs. 5.000,00).

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