Sentencia N° 482 — Sala Constitucional del TSJ, 11 de abril de 2011

TSJ/SC, Sent. N° 482, Exp. 10-1111, 11/04/2011
Expediente10-1111
PonenteLUISA ESTELLA MORALES LAMUÑO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2011-04-11
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la solicitud de revisión constitucional de la sentencia Nº 121 dictada por la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo. En esta sentencia, se declaró inadmisible la solicitud de revisión extraordinaria y el recurso de nulidad por inconstitucionalidad interpuestos por el ciudadano Juan Francisco Giovannetti Hernández. La Sala fundamentó su decisión en la inepta acumulación de pretensiones, ya que las solicitudes presentadas eran incompatibles entre sí según lo establecido en la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.

Extracto de la motiva

La inepta acumulación de pretensiones, en los casos en que éstas se excluyan mutuamente o cuyos procedimientos sean incompatibles, constituye causal de inadmisibilidad de las demandas o solicitudes que se intenten ante este Tribunal Supremo de Justicia, según lo previsto el artículo 133.1 de la reciente Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia. En el caso de autos, como quiera que la acumulación de pretensiones (el recurso de nulidad por inconstitucionalidad y la solicitud de revisión extraordinaria) tienen procedimientos evidentemente incompatibles (artículos 128 al 144 y 145 eiusdem, respectivamente), resulta patente que atendiendo a lo dispuesto en la nueva Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, debe declararse la inadmisibilidad de las solicitudes presentadas, por tratarse de una inepta acumulación de pretensiones (Cfr. Sentencia de esta Sala N° 1.093/10). Así se establece.

Dispositiva

Por las razones que anteceden, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE la solicitud de revisión extraordinaria y el recurso de nulidad por inconstitucionalidad interpuestos por el ciudadano JUAN FRANCISCO GIOVANNETTI HERNÁNDEZ, asistido por la abogada Andrea Rodríguez Flores, ya identificados; contra la sentencia Nº 121 dictada por la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo el 4 de febrero de 2010.

Palabras clave

inepta acumulacióninadmisibilidadrevisión constitucionalrecurso de nulidadderecho administrativo

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