Sentencia N° 481 — Sala Constitucional del TSJ, 2 de julio de 2018

TSJ/SC, Sent. N° 0481, Exp. 18-0169, 02/07/2018
Expediente18-0169
PonenteLourdes Benicia Suárez Anderson
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2018-07-02
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la acción de amparo constitucional interpuesta por los abogados de KASASTYL’S, MUEBLES, C.A. contra una sentencia del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario. La inadmisibilidad se fundamenta en la falta de presentación del poder que acredite la representación de los abogados, lo que constituye un requisito esencial para la admisión de la demanda. La Sala enfatiza la importancia de cumplir con las cargas procesales establecidas por la ley para garantizar la seguridad jurídica en los procedimientos judiciales.

Extracto de la motiva

Al evidenciarse en autos que en el presente asunto no se cumplió con la carga procesal de acompañar poder suficiente y eficaz que acredite la condición de apoderado judicial de quien afirma actuar en nombre y representación de la sociedad mercantil antes identificada como presunta agraviada, debe esta Sala Constitucional, con fundamento en lo dispuesto en el numeral 3 del artículo 133 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, declarar inadmisible la demanda de amparo propuesta, resultando por ello inoficioso emitir pronunciamiento respecto al requerimiento cautelar formulado por la parte accionante. Así se decide.

Dispositiva

Por las razones que anteceden, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE la acción de amparo constitucional intentada por los abogados Marcel Antonio Leal y Eduardo Enrique Brito, quienes afirmaron actuar como apoderados judiciales de la sociedad mercantil KASASTYL’S, MUEBLES, C.A., contra la sentencia proferida en fecha 6 de febrero de 2018 por el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, en el juicio de desalojo interpuesto por la sociedad mercantil CMSD ADMINISTRADORA, C.A., contra la sociedad mercantil KASASTYL’S, MUEBLES, C.A.

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