Sentencia N° 48 — Sala Constitucional del TSJ, 20 de febrero de 2014
TSJ/SC, Sent. N° 48, Exp. 07-1766, 20/02/2014
Expediente07-1766
PonenteGLADYS MARÍA GUTIÉRREZ ALVARADO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2014-02-20
DecisiónTerminación del procedimiento por abandono del trámite
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara la terminación del procedimiento por abandono del trámite en la demanda de amparo constitucional interpuesta por Mariana Coromoto Capriles Santander contra un fallo de la Corte Superior Segunda de Protección del Niño y del Adolescente. Se establece que han transcurrido más de seis años sin que la parte actora haya realizado acto alguno que impulse el procedimiento, lo que se considera como abandono del trámite. Además, se impone una multa a la accionante por el entorpecimiento de las labores judiciales.
Extracto de la motiva
Consta en autos que, desde el 30 de noviembre de 2007, oportunidad cuando la representación judicial de la accionante presentó demanda de protección constitucional a la presente fecha han transcurrido más de seis (6) años, sin que durante ese tiempo haya realizado acto alguno que de impulso al procedimiento. Ahora bien, ante tal inactividad procesal, esta Sala, en decisión n.° 982/2011, del 6 de junio (caso: “José Vicente Arenas Cáceres”), estableció: “...En efecto, si el legislador ha estimado que, como consecuencia de ese carácter de urgencia que distingue al amparo, la tolerancia de una situación que se entiende lesiva de derechos fundamentales, por más de seis meses, entraña el consentimiento de la misma y, por tanto, la pérdida del derecho a obtener protección acelerada y preferente por esa vía, resulta lógico deducir que soportar, una vez iniciado el proceso, una paralización de la causa sin impulsarla por un espacio de tiempo semejante, equivale al abandono del trámite que había sido iniciado con el fin de hacer cesar aquélla situación lesiva o amenazadora de derechos fundamentales. Por tanto, resultaría incongruente con la aludida naturaleza entender que el legislador hubiere previsto un lapso de caducidad de seis meses para la interposición de la demanda y, al propio tiempo, permitiese que se tolerase pasivamente la prolongación en el tiempo de la causa, sin la obtención de un pronunciamiento, por un lapso mayor a aquél. ... De conformidad con lo expuesto, la Sala considera que la inactividad por seis (6) meses de la parte actora en el proceso de amparo, en la etapa de admisión o, una vez acordada ésta, en la práctica de las notificaciones a que hubiere lugar o en la de la fijación de la oportunidad para la celebración de la audiencia oral, por falta de impulso del accionante, ocasiona el abandono del trámite de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, y, con ello, la extinción de la instancia.
Dispositiva
Por las razones expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara TERMINADO EL PROCEDIMIENTO, por abandono del trámite, correspondiente a la demanda de amparo constitucional que interpuso la ciudadana MARIANA COROMOTO CAPRILES SANTANDER contra el fallo que pronunció la Corte Superior Segunda de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, el 30 de mayo de 2007. Se IMPONE a la parte actora una multa por la cantidad de cinco bolívares (Bs. 5,00), pagaderos a favor de la Tesorería Nacional en las oficinas bancarias receptoras de fondos nacionales. La sancionada deberá acreditar el pago mediante la consignación en autos del comprobante correspondiente, dentro de los cinco (5) días siguientes a su notificación. Se ORDENA notificar esta decisión al Juzgado Superior Tercero del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional.
Palabras clave
amparopatria potestadabandonos de trámitederechos fundamentalesproceso judicial