Sentencia N° 48 — Sala Constitucional del TSJ, 29 de enero de 2003

TSJ/SC, Sent. N° 48, Exp. 02-1115, 29/01/2003
Expediente02-1115
PonenteJOSÉ M. DELGADO OCANDO
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2003-01-29
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional revisó la sentencia nº 2.080 dictada por la Sala Político Administrativa que declaró la perención y extinguió la instancia en un recurso de apelación. La abogada María del Valle Rojas Rodríguez, en representación de la Contraloría General de la República, argumentó que la decisión vulneró derechos constitucionales a la tutela judicial efectiva y al debido proceso. La Sala concluyó que la sentencia impugnada contradecía su interpretación vinculante sobre la perención, establecida en decisiones anteriores.

Extracto de la motiva

La Sala ha señalado que tal facultad de revisión persigue garantizar el cumplimiento, vigencia y respeto de los postulados constitucionales, así como la integridad de la interpretación, en tanto se trata de una Sala con facultades expresas para tal función, concebida como un órgano especializado para ello. Sin embargo, aun cuando la Sala posee los más amplios poderes de revisión sobre aquellas decisiones en las que el ordenamiento constitucional permite su intervención, no se trata de una potestad genérica e irrestringida, en el sentido que pueda revisar cualquier decisión, antes bien, debe tratarse de específicas sentencias que, en todo caso, serán precisadas en la legislación que se dicte.

Dispositiva

1º CON LUGAR en derecho a la revisión solicitada por la abogada María del Valle Rojas Rodríguez, actuando en representación de la Contraloría General de la República; 2º ANULA la sentencia nº 2.080 dictada el 2 de octubre de 2001, por la Sala Político- Administrativa de este Tribunal Supremo de Justicia, que declaró consumada la perención y extinguida la instancia en el en el recurso de apelación interpuesto por la Contraloría General de la República, contra el fallo dictado por el Juzgado Superior Noveno de lo Contencioso Tributario el 9 de agosto de 1996, que declaró con lugar el recurso contencioso tributario interpuesto por el contribuyente Sucesión de Mercedes Eraso de Rodríguez contra el reparo nº DGAC-4-2-3-01 del 9 de febrero de 1994; y 3º REPONE la causa al estado en que la Sala Político-Administrativa resuelva sobre recurso de apelación ejercido.

Palabras clave

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