Sentencia N° 479 — Sala Constitucional del TSJ, 23 de marzo de 2018
TSJ/SC, Sent. N° 0479, Exp. 17-0343, 02/07/2018
Expediente17-0343
PonenteCALIXTO ORTEGA RIOS
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2018-03-23
DecisiónProcedente
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en respuesta a una solicitud de ampliación de la sentencia N° 0304, dictada el 23 de marzo de 2018, declara procedente dicha solicitud. La ampliación busca declarar la nulidad del asiento registral de una sentencia anterior y cualquier acto de ejecución relacionado. La Sala establece que la solicitud fue presentada de manera oportuna y que la ampliación no implica revocar la sentencia original, sino aclarar y rectificar aspectos relacionados con la ejecución de la misma.
Extracto de la motiva
Corresponde a esta Sala Constitucional resolver la solicitud de ampliación del fallo N° 0304, dictada el 23 de marzo de 2018, proferida por esta Sala Constitucional, observándose lo siguiente: El el artículo 252 del Código de Procedimiento Civil, aplicable supletoriamente en los procesos que cursan ante el Tribunal Supremo de Justicia, según lo acuerda el artículo 98 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, establece lo siguiente: 'Después de pronunciada la sentencia definitiva o la interlocutoria sujeta a apelación no podrá revocarla ni reformarla el Tribunal que la haya pronunciado. Sin embargo, el Tribunal podrá, a solicitud de parte, aclarar los puntos dudosos, salvar las omisiones y rectificar los errores de copia, de referencias o de cálculos numéricos, que aparecieren de manifiesto en la misma sentencia, o dictar ampliaciones, dentro de tres días, después de dictada la sentencia, con tal de que dichas aclaraciones y ampliaciones las solicite alguna de las partes en el día de la publicación o en el siguiente'. Ahora bien, observa la Sala que, la solicitud de ampliación de la sentencia N° 0304, dictada el 23 de marzo de 2018, fue presentada el 23 de mayo de 2018, apreciándose que fue en fecha 22 de mayo del presente año, cuando compareció la representación judicial de la parte solicitante a consignar el poder a fin de acreditar su representación, por lo que debe entenderse que la referida solicitud de ampliación fue peticionada al día siguiente de la primera oportunidad en que se hizo presente en autos la parte accionante, luego de pronunciado el fallo objeto de ampliación, razón por la cual se evidencia que la misma fue planteada tempestivamente. Así se declara.
Dispositiva
Por las razones expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara PROCEDENTE la solicitud de ampliación de la sentencia N° 0304 que dictó esta Sala el 23 de marzo de 2018, interpuesta por la abogada Zolange González Colón, en su carácter de apoderada de la ciudadana Rode Yaneth Quintero Rey. Téngase la presente decisión como parte del fallo ampliado signado con el N° 0304, de fecha 23 de marzo de 2018, proferido por esta Sala Constitucional, en el sentido de declarar la nulidad del asiento registral ante la Oficina Subalterna de Registro Público del Municipio Libertador del Estado Mérida, haciendo referencia al inmueble matriculado con el N° 37312841748, consistente en el apartamento N° 2-1 de las Residencias Don José, Urbanización La Magdalena, Avenida Domingo Peña (antes Paseo de Las Ferias), construido sobre la parcela 2, Parroquia El Llano, Municipio Libertador del Estado Mérida, así como la nulidad de cualquier otro acto de ejecución de la sentencia anulada por esta Sala Constitucional.