Sentencia N° 479 — Sala Constitucional del TSJ, 26 de marzo de 2004
TSJ/SC, Sent. N° 479, Exp. 04-0297, 26/03/2004
Expediente04-0297
PonenteAntonio J. García García
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2004-03-26
DecisiónIMPROCEDENTE in limine litis
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara improcedente la acción de amparo constitucional interpuesta por el Capitán (Ej) Michael Edward O’Brien Fossi contra la Resolución N° DG-25.573 del Ministro de la Defensa, que lo somete a Consejo de Investigación. La Sala argumenta que el sometimiento a dicho Consejo no vulnera derechos constitucionales, ya que este es un órgano consultivo y no sancionatorio, y que el demandante no goza del privilegio del antejuicio de mérito en este contexto.
Extracto de la motiva
La Sala observa que, mediante sentencias números 1 y 2, del 20 de enero de 2000, esta Sala Constitucional determinó el régimen competencial aplicable en materia de amparo constitucional, a la luz de las disposiciones de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, estableciendo en dichos fallos que corresponde a esta Sala el conocimiento directo, en única instancia, de las acciones de amparo incoadas contra los altos funcionarios a que se refiere el artículo 8 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales...
Dispositiva
Por las razones precedentemente expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia, en nombre de la República, por autoridad de la Ley, declara IMPROCEDENTE in limine litis, la acción de amparo constitucional interpuesta por los apoderados judiciales del Capitán (Ej) Michael Edward O’Brien Fossi, contra el “acto administrativo” contenido en la Resolución N° DG-25.573, del 26 de diciembre de 2003, dictado por el Ministro de la Defensa, por disposición del Presidente de la República, mediante la cual se le somete a Consejo de Investigación.
Palabras clave
amparo constitucionalConsejo de Investigacióndebido procesodefensaresolución administrativaMinisterio de Defensaderechos constitucionales