Sentencia N° 477 — Sala Constitucional del TSJ, 21 de mayo de 2014
TSJ/SC, Sent. N° 477, Exp. 14-0113, 21/05/2014
Expediente14-0113
PonenteFRANCISCO ANTONIO CARRASQUERO LÓPEZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2014-05-21
DecisiónNO HA LUGAR
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia revisó la solicitud de ANWEL INTERNATIONAL CORPORATION sobre la sentencia N° 1.315 de la Sala Político Administrativa, que exigía la consignación de una fianza para asegurar las resultas de un juicio. La Sala concluyó que la decisión de la Sala Político Administrativa no violó derechos fundamentales, ya que la demandante, domiciliada en el extranjero, estaba sujeta a la obligación de afianzar el pago según el artículo 36 del Código Civil. Además, se determinó que los contratos en cuestión eran de naturaleza administrativa, no mercantil, lo que justificaba la exigencia de la fianza.
Extracto de la motiva
La Sala Político Administrativa de este Máximo Tribunal se limitó a constatar que la accionante no sólo es una empresa domiciliada en el extranjero, sino que la causa de la demanda, son contratos administrativos (tal como reconoce la propia solicitante al folio 14 del escrito de revisión constitucional), ya que, una de las partes es una corporación del Estado y el objeto de los contratos, es la satisfacción de necesidades de interés general, a saber la importación de alimentos.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, declara NO HA LUGAR la solicitud de revisión planteada por la sociedad mercantil ANWEL INTERNATIONAL CORPORATION, contra la sentencia N° 1.315, dictada por la Sala Político Administrativa de este Máximo Tribunal el 30 de noviembre de 2013.
Palabras clave
revisión constitucionalacceso a la justiciafianzacontratos administrativosjurisprudenciaCódigo CivilCódigo de Comercio