Sentencia N° 476 — Sala Constitucional del TSJ, 14 de junio de 2016
TSJ/SC, Sent. N° 476, Exp. 15-0396, 14/06/2016
Expediente15-0396
PonenteGLADYS MARÍA GUTIÉRREZ ALVARADO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAclaratoria
Fecha de la decisión2016-06-14
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia decidió declarar inadmisible la solicitud de aclaratoria presentada por el abogado Eddy Barroso Molina en nombre de Eddy Barroso Riveros. La solicitud se refería a la sentencia n.° 677 dictada el 1° de junio de 2015, que había declarado no ha lugar la revisión de una decisión anterior. La Sala argumentó que la solicitud fue presentada fuera del plazo establecido por el Código de Procedimiento Civil, ya que se realizó diez meses después de la publicación de la sentencia original.
Extracto de la motiva
Considera esta Sala que la norma parcialmente transcrita, así como la citada jurisprudencia, la cual, además de estar vigente es reiterada y pacífica, no dejan lugar a dudas respecto de la oportunidad para efectuar la solicitud de aclaratoria de sentencia, estableciéndose al efecto que ésta deberá hacerse en el mismo día de su publicación o en el día siguiente. Ahora bien, en el caso de autos se observa que la parte accionante mediante escrito del 20 de abril de 2016, solicitó la aclaratoria del fallo emitido por esta Sala el 1° de junio de 2015, por lo que es absolutamente evidente que la misma fue efectuada fuera del lapso previsto en el artículo 252 del Código de Procedimiento Civil, toda vez que no fue presentada ni el día de la publicación del fallo ni el día siguiente, sino luego de transcurridos diez (10) meses, a pesar de que consta en autos que la representación judicial del solicitante de revisión se encontraba en cuenta de la decisión cuya aclaratoria hoy se peticiona, pues el día 2 de junio de 2015, solicitó copias certificadas de la decisión en cuestión; en consecuencia al haberse solicitado la aclaratoria en forma extemporánea por tardía, se determina indefectiblemente su inadmisibilidad.
Dispositiva
Por las razones expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la solicitud de aclaratoria propuesta por el abogado Eddy Barroso Molina, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano EDDY BARROSO RIVEROS, ya identificado, respecto de la sentencia n.° 677 dictada el 1° de junio de 2015, por esta Sala Constitucional. Publíquese, regístrese y archívese el expediente.